Aparecer en los registros de morosidad puede dificultar el acceso a nuevos créditos y servicios. La ley establece que cualquier deuda vencida, exigible y no impugnada por encima de 50 euros puede motivar que un acreedor decida incluirte en estas bases de datos, previo aviso de requerimiento. No se necesitan grandes cifras impagas para verte perjudicado. En este artículo te explicaremos todo sobre la mecánica de estos polémicos ficheros, sus consecuencias, cómo salir de ellos en caso de estar inscrito y recomendaciones para evitarlo. ¡No te lo pierdas!
1¿A partir de qué deuda te pueden incluir en un fichero de morosidad?
La ley estipula que cualquier deuda superior a 50 euros, vencida, exigible y no discutida en instancias administrativas o judiciales, es motivo para ser incluido en una lista de morosos si el acreedor así lo decide. Esto aplica para impagos de tarjetas de crédito, créditos personales, cuotas hipotecarias, facturas telefónicas o de cualquier servicio como electricidad, agua, gas, televisión por cable, etc. Incluso alquileres vencidos de pisos o locales comerciales. Cualquier incumplimiento similar te hace candidato a engrosar estas bases de datos. Hay que tener en cuenta que si la deuda está en discusión aún en algún proceso administrativo de reclamación o impugnación legal, no te pueden incluir hasta que ese litigio finalice.