Las opciones de pago que tienes si te pone una multa la DGT

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Recibir una multa de tráfico siempre supone un disgusto importante para cualquier conductor, pero la situación se vuelve más compleja y angustiante cuando la cuantía económica de la sanción supera holgadamente las posibilidades del bolsillo en ese momento, impidiendo hacer frente a su pago de una sola vez. Ante esta problemática, son muchos los automovilistas que se preguntan si existe alguna alternativa o mecanismo legal que permita fraccionar o aplazar en el tiempo esos pagos de multas de la Dirección General de Tráfico (DGT) que por su elevado importe resultan inasumibles financieramente de forma inmediata. En este artículo te contaremos qué alternativas existen y hablaremos de qué maneras puedes ahorrar unos cuantos euros en el pago de tus multas.

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Tras 45 días, la Agencia Tributaria se hace cargo del cobro

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Lo que suele ocurrir es que, si el infractor no abona el importe íntegro de la multa dentro del plazo voluntario con su 50% de descuento, posteriormente se le concede un plazo ordinario adicional de 45 días en los que podrá pagarla aún sin recargo, según informaron desde la DGT. Pero consumidos los 45 días ordinarios, la gestión del cobro de la sanción cambia de manos, pasando a formar parte de los procedimientos de recaudación ejecutiva extrajudicial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Se busca garantizar así que el Estado no pierda ese derecho de ingreso por multas impagadas.