¡Cuidado con las emisiones! La DGT puede prohibirte la entrada en moto a muchas ciudades

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La Dirección General de Tráfico (DGT) lleva ya varios años clasificando turismos, furgonetas y motocicletas con base en sus niveles de contaminación, asignándoles una pegatina o distintivo ambiental que indica a las claras su grado de respeto al medioambiente. El objetivo de esta etiquetación energética, vigente desde 2016, no es otro que el de discriminar positivamente y favorecer la compra y uso de los vehículos más limpios y eficientes, al tiempo que se desincentiva progresivamente la circulación de los más obsoletos y contaminantes, sobre todo en los centros urbanos. Sin embargo, en el último tiempo han surgido varias dudas sobre el alcance de esta medida; por esta razón, a continuación te brindaremos una guía completa sobre las etiquetas de la DGT que clasifican coches y motos según sus emisiones.

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Restricciones crecientes para los vehículos sin distintivo

Restricciones crecientes para los vehículos sin distintivo

De acuerdo a lo informado por la DGT, los turismos y motos que no alcanzan la etiqueta B, es decir, los más viejos y contaminantes, ya que no cumplen con la normativa Euro 2, en el caso de las motos o Euro 3 para los coches de gasolina y Euro 4/5 en diésel, no podrán circular por un número cada vez mayor de Zonas de Bajas Emisiones (ZBE). Además, tampoco podrán acceder a los centros urbanos en episodios de alta polución. Y es que el nuevo etiquetado tiene precisamente la finalidad de favorecer restricciones de tráfico selectivas que discriminen positivamente los vehículos «zero emissions» y Eco frente a los más obsoletos e ineficientes tecnológicamente. De este modo se pretende mejorar progresiva pero decididamente la calidad del aire en las ciudades españolas y su salud ambiental.