El descuido, una peculiaridad humana, se manifiesta en diversos aspectos de nuestra vida cotidiana. Desde olvidar las llaves al salir de casa hasta desatender a los profesores en clase, estos lapsos de atención son comunes. Sin embargo, cuando el dinero y la familia entran en juego, la situación cambia drásticamente. Las cuentas bancarias, esas custodias de nuestros recursos financieros, están sujetas a un fenómeno peculiar: el abandono. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha delineado un método para evitar la pérdida de fondos en cuentas «abandonadas».
1OCU: Las Cuentas Abandonadas
En el contexto español, una cuenta se considera «abandonada» cuando transcurren veinte años sin registrar ninguna transacción por parte del titular. Este lapso de tiempo, estipulado por el Banco de España y respaldado por el artículo 18.1 de la Ley 33/2003 del Patrimonio del Estado, lleva los saldos, si existen, directamente a las arcas del Estado. La Agencia Tributaria notifica el retiro del dinero previamente a los titulares, mientras que la entidad bancaria debe hacerlo al menos tres meses antes del plazo establecido. La comunicación se realiza a través de correos electrónicos o medios análogos a la dirección registrada en el banco.