El descuido, una peculiaridad humana, se manifiesta en diversos aspectos de nuestra vida cotidiana. Desde olvidar las llaves al salir de casa hasta desatender a los profesores en clase, estos lapsos de atención son comunes. Sin embargo, cuando el dinero y la familia entran en juego, la situación cambia drásticamente. Las cuentas bancarias, esas custodias de nuestros recursos financieros, están sujetas a un fenómeno peculiar: el abandono. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha delineado un método para evitar la pérdida de fondos en cuentas «abandonadas».
1OCU: Las Cuentas Abandonadas
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En el contexto español, una cuenta se considera «abandonada» cuando transcurren veinte años sin registrar ninguna transacción por parte del titular. Este lapso de tiempo, estipulado por el Banco de España y respaldado por el artículo 18.1 de la Ley 33/2003 del Patrimonio del Estado, lleva los saldos, si existen, directamente a las arcas del Estado. La Agencia Tributaria notifica el retiro del dinero previamente a los titulares, mientras que la entidad bancaria debe hacerlo al menos tres meses antes del plazo establecido. La comunicación se realiza a través de correos electrónicos o medios análogos a la dirección registrada en el banco.