La DGT advierte: ya no podrán multarte cuando realices estas acciones al volante

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En un cambio importante para los conductores, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha emitido una advertencia que afectará significativamente las infracciones al volante. De acuerdo a la última información, se presenta un giro en las políticas de sanciones de tráfico que podría tener un impacto considerable en la forma en que los conductores se relacionan con las normas viales. Esta advertencia plantea interrogantes sobre las acciones que quedarán exentas de multas y cómo se aplicará este cambio en la regulación. En este artículo exploraremos en detalle las implicaciones de esta nueva política de la DGT.

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Sin multas por olvidar el DNI

Sin multas por olvidar el DNI

Además de lo mencionado, la DGT ha implementado una serie de cambios significativos destinados a promover el cumplimiento de las normas de tráfico y reducir los accidentes en carretera. Uno de los cambios más notables es la eliminación de la obligación de llevar físicamente el carné de conducir y el Documento Nacional de Identidad (DNI). Anteriormente, no llevar el carné de conducir encima podía resultar en una multa de 200 euros. Sin embargo, gracias a la aplicación móvil MIDGT, los conductores pueden acceder a sus datos de conducción sin necesidad de portar el documento físico. La Guardia Civil puede verificar la información necesaria sin requerir el DNI físico, aprovechando la tecnología actual.