La DGT advierte: ya no podrán multarte cuando realices estas acciones al volante

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En un cambio importante para los conductores, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha emitido una advertencia que afectará significativamente las infracciones al volante. De acuerdo a la última información, se presenta un giro en las políticas de sanciones de tráfico que podría tener un impacto considerable en la forma en que los conductores se relacionan con las normas viales. Esta advertencia plantea interrogantes sobre las acciones que quedarán exentas de multas y cómo se aplicará este cambio en la regulación. En este artículo exploraremos en detalle las implicaciones de esta nueva política de la DGT.

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Adiós a la obligación de llevar gafas de repuesto

Adiós a la obligación de llevar gafas de repuesto

En el pasado, era obligatorio llevar gafas de repuesto en el vehículo, incluyendo gafas de visión y de sol. No cumplir con esta norma resultaba en una multa de 200 euros. Sin embargo, desde 1997, esta exigencia ha sido eliminada. La Guardia Civil puede verificar la necesidad de usar gafas para conducir a través del apartado 12 del permiso de conducción, donde el CÓDIGO 01 indica la necesidad de gafas y el código 02 se refiere a las lentes de contacto. Estos cambios reflejan una mayor flexibilidad en las normativas de tráfico y una adaptación a las necesidades de los conductores.