La Audiencia Nacional (AN) ha desestimado un recurso del abogado de Carles Puigdemont, Gonzalo Boye, en el que aludía a la falta de competencia de este órgano judicial para enjuiciarle por un delito de blanqueo de capitales en relación con la ‘Operación Mito’, la presunta introducción en España de casi cuatro toneladas de cocaína dirigida por José Ramón Prado Bugallo, alias ‘Sito Miñanco’, y el entramado creado para ocultar los beneficios obtenidos.
En un auto, la Sala de Apelación confirma la desestimación del artículo de previo pronunciamiento presentado por Boye en el que pedía que se estimara la excepción de cosa juzgada, es decir, que no se le sentara en el banquillo puesto que ya había sido juzgado anteriormente por hechos similares a los de la ‘Operación Mito’.
Esa solicitud, declinada el pasado mes de julio por la Sala de lo Penal, también incluía una petición de declinatoria de jurisdicción de la AN. La Sala de Apelación, sin embargo, explica que si bien la ley no contempla la competencia del tribunal para los delitos de blanqueo de capitales, sí la establece cuando exista conexidad con otros delitos cuya investigación se atribuya a la propia Audiencia.
En este sentido, la resolución explica que tal y como expone la Fiscalía Antidroga en su escrito de acusación, en línea con el auto de procesamiento de la juez de instrucción, las operaciones llevadas a cabo por Boye son acciones dirigidas por Miñanco para recuperar un dinero intervenido en el aeropuerto de Barajas el 6 de febrero de 2017.
Unos hechos, añade, por los que el Ministerio Público acusa al abogado de un delito de blanqueo de capitales, cometido en el seno de una organización criminal, procedente del narcotráfico, en concurso con un delito continuado de falsificación de documento oficial.
«Por todo ello, una vez fijado el objeto del proceso en los términos expuestos, la conexidad entre los hechos por los que se acusa a Gonzalo Boye y el eventual delito antecedente contra la salud pública se hace evidente, según el Ministerio Fiscal, y queda atribuida la competencia a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional», apostilla la Sala.
Cabe destacar que, a pesar de esta decisión de la Sala de Apelación, el letrado todavía puede presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
LA ‘OPERACIÓN MITO’
Fue en noviembre del pasado año cuando la titular del Juzgado Central de Instrucción Número 3, María Tardón, envió a juicio a Miñanco, Boye y otras 47 personas físicas.
Cabe recordar que la ‘Operación Mito’ estaba centrada en la red que presuntamente dirigía Sito Miñanco y que intentó introducir sin éxito en España más de 4.000 kilos de cocaína en dos operativos diferentes que fueron truncados por los investigadores que le seguían la pista desde 2016.
Esa organización, según la juez, se dedicaba principalmente a la importación y distribución de sustancias estupefacientes (especialmente cocaína) y al blanqueo de capitales.
Así, mientras algunos miembros de la red se encargaban exclusivamente de facilitar el dinero en ‘b’, un tercero utilizaba falsos créditos entre familiares para justificar la entrega de ese dinero en sus cuentas, mientras que otro integrante utilizaba su empresa de seguridad para emitir facturas falsas.
Boye, por su parte, fue procesado por la magistrada por un presunto delito de blanqueo de capitales. Todo ello por su supuesta participación en el operativo para recuperar 889.620 euros que la Policía había incautado a miembros de la organización de Sito Miñanco en el aeropuerto de Madrid Barajas.
Estos ‘correos humanos’, que llevaban el dinero oculto en una maleta para moverlo hacia Colombia, fueron detenidos en febrero de 2017 en el aeródromo madrileño. Entonces, según el relato de la magistrada, los ‘narcos’ contactaron a Boye y otro abogado, Jesús Morán Castro, para que elaboraran unos documentos que justificaran el origen legal del dinero.