La ley impedirá que la DGT te multe por no llevar la ITV en vigor si estás en esta situación

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Una nueva perspectiva legal podría cambiar la forma en que la Dirección General de Tráfico (DGT) sanciona a los conductores por la falta de Inspección Técnica del Vehículo (ITV). La ley está evolucionando para abordar situaciones específicas en las que un vehículo no cumple con los requisitos, pero no está en circulación. En este artículo, exploraremos los cambios legales propuestos que podrían eximir a los conductores de multas de la DGT cuando su vehículo está estacionado o en una situación que no representa riesgos para la seguridad vial. Estos cambios podrían tener un impacto significativo en cómo se aplican las sanciones relacionadas con la ITV en el futuro.

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La Práctica Común de Multar por Falta de ITV

Conclusión

Es común que los agentes de tráfico revisen las matrículas de los vehículos estacionados para verificar si tienen la ITV en regla. Si esta no está en vigor o ha caducado, el propietario del vehículo puede enfrentar una multa. Esta práctica se basa en la premisa de que la falta de esta inspección, incluso cuando el automóvil está estacionado, constituye una infracción. Recientemente, un tribunal en Madrid falló a favor del propietario de un vehículo que fue multado con 200 euros por tener su coche estacionado en la calle sin la inspección en regla. El tribunal argumentó que la infracción sancionable es circular sin la inspección, caso contrario lo es someter el vehículo a la inspección periódica. Esto lleva a la anulación de la multa y plantea preguntas sobre la legalidad de esta práctica.