Conducir sin cinturón y que no te multen: en estos casos la DGT no puede hacer nada

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El cinturón de seguridad es una medida vital para garantizar la seguridad en nuestras carreteras. Desde su introducción en 1975 para los asientos delanteros y en 1992 para los traseros, ha sido un pilar en la conducción responsable. La Dirección General de Tráfico (DGT) subraya su importancia al imponer multas de 200 euros y la pérdida de 3 puntos del carnet por no usarlo. Sin embargo, existen circunstancias específicas en las que la DGT no sancionaría por no llevarlo. Exploramos estas excepciones y recordamos la trascendencia de este dispositivo en la prevención de accidentes.

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Una normativa diferente

Una normativa diferente

Además de los anteriores mencionados, también quedan exentos de usar el cinturón de seguridad los siguientes vehículos:

  • Distribución de mercancías: Aquellos involucrados en la distribución de mercancías pueden prescindir del cinturón durante operaciones continuas de carga y descarga en lugares cercanos.
  • Vehículos de urgencia: Conductores y pasajeros de vehículos de urgencia, como ambulancias o vehículos de policía, están autorizados a no usar el cinturón en el desempeño de sus funciones.
  • Acompañantes de aprendices: Las personas que acompañan a quienes están aprendiendo a conducir, como instructores de autoescuela, pueden omitir el uso del cinturón.