La DGT da marcha atrás, y ya no puede multarte por esto

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En un mundo en constante cambio, es importante que las leyes se adapten para seguir siendo relevantes y efectivas. En el ámbito de la circulación vial, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha realizado modificaciones a algunas de las leyes para cumplir con este propósito. Como resultado de estas actualizaciones, hay ciertas infracciones que ya no serán motivo de multa por parte de la DGT.

Este cambio puede tener un impacto significativo en la forma en que los conductores manejan en las carreteras. Es importante estar informado sobre estas actualizaciones para poder cumplir con las regulaciones en todo momento.

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Carnet digital

La DGT da marcha atrás, y ya no puede multarte por esto

Con la reciente flexibilización de la norma de presentación del carnet de conducir, ahora es posible sustituir el formato físico por el formato digital. El cual puede solicitar a través de la aplicación ‘miDGT‘ de la DGT.

Anteriormente, si un agente de tráfico solicitaba la presentación del carnet y este no se encontraba en formato físico, se podía recibir una multa de hasta 200 euros. Ahora, con la opción de presentar el carnet de conducir digital, se puede evitar este tipo de sanciones siempre y cuando el formato digital provenga de la aplicación oficial. Es importante tener en cuenta esta actualización para evitar multas innecesarias y conducir de manera segura y responsable.