La DGT deberá devolver puntos del carnet en estos casos

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La Dirección General de Tráfico (DGT) es la entidad que vela por el bienestar de las carreteras españolas y por vigilar el tráfico… pero no solo eso. La DGT también se encarga de la ejecución de la política vial y por otras muchas actividades relacionadas con las carreteras, como por ejemplo recomendar fuentes para consultar los estados de las mismas, fijar las exigencias para la renovación del carné de conducir, etc.

Sin embargo, muchos solo piensan en las multas cuando se habla de la DGT, dado que es el organismo que al fin y al cabo regula y determina qué condiciones han de darse para que te pongan una multa… y, también, el caso contrario. ¿Y qué pasa si entran en juego los famosos puntos del carné de conducir? ¿En qué casos está obligada la DGT a devolver los puntos? En este reportaje te lo contamos todo.

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Los plazos para reclamar

Según parece, los plazos establecidos para poder reclamar una de estas multas es de 20 días naturales que empiezan a contar a partir del día de la notificación de la multa (y no de cuándo se realizara la infracción). Un proceso que si bien es algo engorroso, por lo menos es totalmente gratuito para todos los usuarios. Por lo tanto, si crees que has sido multado de manera injusta recientemente, ya sabes lo que tienes que hacer.

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