La DGT deberá devolver puntos del carnet en estos casos

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La Dirección General de Tráfico (DGT) es la entidad que vela por el bienestar de las carreteras españolas y por vigilar el tráfico… pero no solo eso. La DGT también se encarga de la ejecución de la política vial y por otras muchas actividades relacionadas con las carreteras, como por ejemplo recomendar fuentes para consultar los estados de las mismas, fijar las exigencias para la renovación del carné de conducir, etc.

Sin embargo, muchos solo piensan en las multas cuando se habla de la DGT, dado que es el organismo que al fin y al cabo regula y determina qué condiciones han de darse para que te pongan una multa… y, también, el caso contrario. ¿Y qué pasa si entran en juego los famosos puntos del carné de conducir? ¿En qué casos está obligada la DGT a devolver los puntos? En este reportaje te lo contamos todo.

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Una decisión de Juzgado

¿Y a qué se debe esta declaración oficial tan repentina que acaba de realizar la DGT? Pues a los resultados expuestos después de un juicio y en cuyo veredicto se establece que todos aquellos usuarios que se hayan librado por cauces legales de una multa económica, deberán ser igualmente compensados con la devolución de los puntos de su carné de conducir en los casos que sean precisos.

Un veredicto contra la DGT que ha sido expuesto por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Burgos. Una sentencia que puede crear la jurisprudencia y puede beneficiar a los miles de casos que sean exactamente iguales al expuesto por un camionero.