Los beneficios de la Ley del sólo sí es sí de Irene Montero para los violadores y asesinos continúan. Ya son 184 los sentenciados por agresión sexual que se han visto beneficiados con la reducción de penas como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, mejor conocida como la Ley del sólo sí es sí impulsada desde el Ministerio de Igualdad que dirige Irene Montero.
Lo cierto es que desde la aprobación de la Ley, son decenas de presos los que han solicitado la revisión de sus condenas, lo que ha traído como consecuencia que hasta la fecha ya sean 184 condenados los que han sido beneficiados, a pesar de que la ministra de Igualdad ha manifestado en varias oportunidades que la iniciativa no tenía planteada este objetivo.
De acuerdo a lo señalamientos de los juristas, la nueva Ley puede beneficiar a los agresores sexuales de varias maneras; a través de la revisión de penas consideradas ya firmes y donde la nueva ley resulta más beneficiosa para ellos y con la reducción de penas establecidas con la legislación anterior.
La ley de Irene Montero: Un balance de las rebajas de penas en los casos más conocidos
Y es que ya no solo el Supremo revisa y reduce condenas, sino que muchas Audiencias Provinciales se han sumado a la tarea de revisión de condenas, con la consecuente reducción de penas y en algunos casos hasta excarcelación de condenados por agresiones sexuales. A continuación algunos de los números más sonados hasta el momento, ya que se espera que las revisiones continúen en los próximos meses;
- En las Baleares, se han revisado 18 sentencias por delitos sexuales, y en todas se aplicó la rebaja de condena
- En el País Vasco, se han revisado 95 sentencias, 28 de las cuales han calificado para reducción de penas
- La Audiencia Provincial de Zaragoza ha reducido la pena de dos condenados por agresión sexual
- En Burgos, se ha producido la excarcelación de un hombre condenado a 4 años y 6 meses de prisión por agresión sexual, y puesto que ya había cumplido los 3 años de cárcel quedo en libertad
- En Extremadura, los tribunales han rebajado las penas de tres condenados por agresiones sexuales tras la revisión de la condena, prevista en la nueva ley, las penas se han reducido de 6 a 4 años, de 7 a 5 años y de 13 a 11 años.
- En La Rioja, que era la única Comunidad Autónoma donde no se habían producido rebajas de condenas, hace pocos días el Tribunal Superior de Justicia se pronunció sobre un caso rebajando la condena de 7 a 4 años de prisión por agresión sexual. Cabe destacar que de las 54 sentencias revisadas hasta el momento en esa Comunidad Autónoma, las condenadas habían permanecido intactas.
En Soria, Extremadura, Oviedo, Burgos, Orense, Vigo, Navarra, Cantabria, Badajoz, Zamora, Alicante, Murcia, Cataluña, Cáceres, Córdoba, Galicia, Las Palmas, Valladolid, Tenerife, Alicante, una verdadera avalancha de sentencias que se reducen a diario y que conllevan en una gran mayoría de casos a la reducción de penas y en algunos casos excarcelación de presos.
Dentro de los casos más sonados;
- Los futbolistas de la Arandina CF, condenados en el año 2017 por abusar sexualmente de una menor, después de la reducción de sus condenas, se han reducido sus penas
- El caso del profesor pederasta a quien se le redujo la pena de casi siete años de cárcel a solo un año y tres meses,
- el caso del asesino de Landero, condenado en el año 2000 por agredir sexualmente y asesinar a una mujer. Un violador reincidente que ha cumplido condenas por violar y asesinar a niños y mujeres, ve reducida su pena en dos años gracias a la nueva ley.
¿La mirada indiferente del gobierno de Pedro Sánchez?
Ante el evidente fracaso de la ley del sólo sí es sí, el Gobierno ha tratado de contener la avalancha de revisiones de condenas a través de la exposición de motivos del texto, sin embargo, el preámbulo de una ley no tiene carácter normativo, así lo explican los expertos en el tema.
Ante este escenario, tanto el Ministerio de Igualdad como la Fiscalía General del Estado han manifestado que no se deben revisar las condenas, respaldándose en una reforma del Código Penal del año 1995, la disposición transitoria quinta de la norma.
Mientras tanto, las Audiencias provinciales de las Comunidades Autónomas se mantienen firmes en el argumento de que la nueva ley debe aplicarse teniendo como premisa lo más beneficioso para el reo, incluso ven viable el tema de la retroactividad en algunos casos.
Y es que no se esperaba menos de las Audiencias provinciales, si el mismo Tribunal Supremo se ha pronunciado en varias oportunidades sobre la retroactividad de la ley penal que beneficie al reo, tal y como se dicta en el Código Penal.
Lo verdaderamente preocupante es que el llamado “goteo” seguirá aumentando en los próximos meses, porque ante los resultados obtenidos por algunos reos que ha solicitado la revisión de la condenas, son decenas de agresores sexuales que esperan beneficiarse de la nueva Ley con reducciones de penas y cabe la posibilidad incluso, de que con excarcelaciones.