El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que está destinado a reducir los requisitos de días cotizados para que los artistas y técnicos puedan acceder al subsidio especial durante el paro.
El Gobierno continúa en su camino de avanzar en el sentido de sus políticas para mejorar las condiciones de los trabajadores del sector cultural. El Consejo de Ministros ha aprobado este martes varias medidas clave para los artistas y empleados de este ámbito, ambas dirigidas a garantizar la estabilidad laboral y vital de los creadores y artistas.
La prestación por desempleo se ha adaptado a la precariedad del sector, una medida que se estrenará por primera vez en la historia democrática de España. A ella se sumará la compatibilidad entre el cobro de la pensión de jubilación y cualquier actividad artística que genere rendimientos económicos. Esta última reconocida como otra demanda histórica del sector.
En esta línea, el decreto está destinado a atajar una problemática que siempre ha existido en el sector cultural a nivel laboral. La realidad es compleja, ya que pueden acumular un volumen de trabajo ingente en determinadas semanas. Sin embargo, después pueden estar expuestos a una temporada con un nivel bajo o directamente con ausencia de contratos. Aquí se conjugan desde los ciclos de producción audiovisual y teatral al día a día de un escritor.
De hecho, la vicepresidente segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha explicado el contenido de las medidas. Al mismo tiempo, ha querido destacar que «es un día muy especial», respecto a que «hay muy pocos países que cuenten con esta protección y España ahora mismo da un paso adelante». En esta línea, no ha perdido la oportunidad para asegurar que «hasta el último día de la legislatura vamos a ensanchar derechos».
REDUCCIÓN DE DÍAS COMO PIEZA CLAVE PARA LA PRESTACIÓN
De esta forma y con el anuncio de Yolanda Díaz, el pilar clave del real decreto para hacer frente a dicho parón en la actividad laboral se corresponde con la reducción de los días necesarios para obtener la prestación por desempleo a un umbral que se estima que será la mitad del actual. Tras la reunión del Consejo de Ministros, se desvelará la cifra exacta de jornadas.
En cuanto a los requisitos para la nueva prestación especial se encuentra la necesidad de acreditar la situación legal de desempleo, y al menos, acreditar 60 días cotizados por prestación real de servicios en la actividad artística en los últimos 18 meses. También acreditar 180 días de alta en la Seguridad Social por prestación real de servicios en la actividad artística o regularizaciones anuales ya efectuadas en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo. Esto último, siempre que no hayan sido tenidas en cuenta para el reconocimiento de una prestación previamente.
Por otra parte, las personas trabajadoras, además, no deberán tener derecho a una prestación contributiva ordinaria, a pesar de que la prestación especial sea más beneficiosa que una prestación previa. En esta línea, podrán optar por recibir la nueva prestación especial.
MEDIDAS DE PROTECCIÓN
El Gobierno también ha dado luz verde a una cuota especial para autónomos del sector cultural con ingresos muy reducidos, por debajo de 3.000 euros. Así como a una serie de medidas de protección que ponen el acento en los autónomos de bajos ingresos.
El Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, no ha perdido la oportunidad de explicar a través de su cuenta personal de Twitter las medidas orientadas a los artistas relativas a las pensiones y cotizaciones. A través de un hilo en la red social ha explicado las peculiaridades de las profesiones.
Entre las medidas, se extiende la compatibilidad del 100% de la pensión de jubilación con la actividad artística, también para las clases pasivas. Hasta ahora, esa compatibilidad sólo alcanzaba a actividades que generaban derechos de propiedad intelectual. A partir de la entrada en vigor de esta norma, también se aplicará a actividades conexas.
Con estas medidas, para los artistas autónomos de bajos ingresos (iguales o inferiores a 3.000 euros anuales), la norma incorpora una cotización reducida: en 2023 se fija una base de cotización para ellos de 526,14 euros, que supone una cuota mensual de 161 euros.