Siempre que hay que renovar el carnet de conducir, cada 10 años por normativa, se debe pasar por un control médico. Además de presentar los documentos correspondientes, pagar una tasa, se deberá contar con un informe de aptitud psicofísica realizado en cualquier centro médico autorizado por la Dirección General de Tráfico (DGT). Y en ciertos casos puede suceder que los resultados arrojen el padecimiento de alguna enfermedad que impida la renovación del carnet de conducir.
6Enfermedades oncológicas
Los que padezcan algún trastorno oncohematológico tienen que haber transcurrido al menos 10 años desde la remisión de la patología. Y presentando un informe médico positivo podrán acceder a la renovación por el plazo de un año. Cabe aclarar en este punto que la renovación será posible si la persona ya ha finalizado su tratamiento y no presenta ningún tipo de dolencia oncológica. Podrá renovar el carnet de conducir por un tiempo que va entre 1 y 5 años.