El bono social térmico es una medida tomada por el Gobierno español, que implica otorgar ayudas de tipo económico a las personas consideradas en situación de vulnerabilidad y riesgo de exclusión que ya disfruten del bono social eléctrico, de acuerdo con unos baremos determinados por el propio Gobierno, para que puedan costear las próximas facturas del gas.
¿Cuándo se aprobó el bono social térmico?
Esta medida social extraordinaria fue aprobada en el mes de octubre del año 2018 por medio de Real Decreto-Ley 15/2018, pero entró en vigencia por primera vez en el año 2020, como una forma de ofrecer ayuda a aquellas personas que se encuentran en situación de pobreza energética.
Estas medidas fueron actualizadas, y en resumen, se puede decir de manera general, que los beneficiarios que califiquen gozarán de las siguientes medidas:
- Los consumidores considerados vulnerables tendrán un descuento del 65% en su factura de luz (que antes era de un 25%).
- Los consumidores considerados vulnerables severos recibirán un descuento del 80% en la factura de luz (que antes era de antes un 40%).
- El importe mínimo a recibir del bono social térmico será de 25 €.
- Se ha extendido hasta el mes de abril del 2023 la prohibición de cortar la luz a los consumidores que tengan el bono social.
¿Cuánto es el monto del bono social térmico?
El beneficio económico que supone ser beneficiario del bono social térmico va a depender de varios factores, entre los que se encuentran considerar el nivel de vulnerabilidad en que se encuentra una persona, así como la Comunidad Autónoma en la que resida, aunque ya hemos dicho que el importe mínimo es de 25 euros, para los casos de mayor vulnerabilidad y riesgo de exclusión, la ayuda puede ascender a los 123,94 euros.
¿Por qué se toma en cuenta la Comunidad Autónoma de residencia?
Porque el monto del beneficio de determinará por el grado de exposición al invierno de cada zona del país. De manera que aquellos en situación de vulnerabilidad que residan en áreas que sean más frías tendrán derecho a una cantidad mayor de bono social térmico, que los que residen en áreas más cálidas.
¿Cómo se determina el grado de vulnerabilidad o riesgo de exclusión social al que está expuesto el solicitante?
Para poder determinar esto, el Gobierno maneja unos baremos, siendo el primero de ellos asignar a los distintos municipios españoles una letra, entre la Alfa y la letra E, donde Alfa es la que se usa para identificar los municipios más cálidos y la letra E identifica los municipios más fríos, que serán los más beneficiados con el bono social térmico.
Luego los usuarios son clasificados en tres categorías, que son los usuarios vulnerables, los usuarios vulnerables severos y los usuarios en riesgo de exclusión social, y dependiendo de cómo está calificado el municipio en el que reside y de qué tipo de usuario se trate, se determina el monto del bono social térmico que le será asignado.
Para tener una mejor idea de cómo se aplican estos baremos, tenemos el siguiente cuadro:
Zonas climáticas y cuantía del Bono social térmico
Zona Geográfica Usuario vulnerable Usuario vulnerable severo Usuario en Riesgo de Exclusión
Alfa 25 € 40 € 40 €
A 29 € 46,40 € 46,40 €
B 37,68 € 60,29 € 60,29 €
C 49,84 € 79,74 € 79,74 €
D 67,56 € 108,10 € 108,10 €
E 77,46 € 123,94 € 123,94 €
En este sentido, lo primero que se debe saber es la calificación asignada al municipio en el que vives, por ejemplo, Las Palmas de Gran Canaria está calificado como Alfa, mientras que Sevilla tiene la letra B, Bilbao está calificado como C y Madrid tiene asignada a letra D.
¿Cómo se solicita el bono social término?
En realidad no hay que hacer ningún procedimiento para solicitar el bono social térmico, ya que sólo se concede a aquellos individuos que ya sean beneficiarios del bono social eléctrico, de modo que, en caso de que no seas beneficiario del mismo, lo que se debe solicitar es el cono social eléctrico y los pasos para hacerlo son los siguientes:
- Contratar la tarifa PVPC de luz (Precio Voluntario al Pequeño Consumidor) con cualquier comercializadora de referencia. Con esta tarifa tendrás que consultar a qué hora es más barata la luz hoy y cada día, ya que varía su coste cada hora y cada día.
- Solicitar el Bono Social Eléctrico directamente a la comercializadora.
- Las comercializadoras de referencia conceden el bono social de electricidad y comparten con el Ministerio el listado de viviendas beneficiarias, para que les hagan llegar también el bono social térmico.
Se puede obtener el bono social térmico aunque se tenga cualquier clase de fuente de energía que alimente la calefacción, ACS o cocina. Los usuarios pueden emplear gas natural, gasóleo, propano y butano, e incluso utilizar fuentes de energías renovables como la geotermia y la aerotermia.
En caso de que el usuario tenga contratado gas natural, puede tener contratada cualquiera de las tarifas de gas que ofrecen las prestadoras de este servicio, de modo que no es requisito que tenga contratada la llamada Tarifa de Último Recurso (TUR), pero nada le impide poder optar por ella y disfrutar también del bono social térmico.
¿Cómo se determina que una persona se encuentra en situación de vulnerabilidad o de riesgo de exclusión?
Los factores que se toman en cuenta para conceder el bono social eléctrico y, por ende, el bono social térmico, son dos, uno de tipo familiar, dependiendo de que el beneficiario tiene o no menores a su cargo, o si se trata de un pensionista.
El segundo factor es de tipo económico, porque se analizan los ingresos anuales familiares, y dependiendo de ello, será calificado como sujeto vulnerable, sujeto vulnerable severo o sujeto en riesgo de exclusión social, también existe una limitación en cuanto al consumo anual de luz con descuento.
¿Se toman en cuenta circunstancias adicionales?
Por supuesto que sí. Hay circunstancias adicionales que se tomarán en consideración para el bono social térmico, porque pueden existir familias en las que se pueda acreditar la existencia de circunstancias especiales, de manera que resultarán candidatos directos para este beneficio, entre tales circunstancias se encuentran:
- Tener miembros con una discapacidad reconocida mayor o igual al 33%.
- Haber sido víctimas de la violencia de género.
- Haber sido víctimas del terrorismo.
- Personas con grado II o III de dependencia.
- Familias que son monoparentales.