El Ministerio de Hacienda de España aplica ciertas retenciones mensuales a los jubilados y pensionistas, de la misma forma que a todos los trabajadores, basándose en una escala progresiva según la cantidad que perciba el jubilado y otros aspectos, como su estado de salud, su entorno familiar y su edad. Esto significa que, a pesar de haber culminado su etapa laboral activa, deben seguir pagando el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) según la cantidad de dinero que cobren.
Recientemente, Hacienda ha mejorado el IRPF para los planes de pensiones, con nuevas modificaciones en el sistema tributario de trabajadores y empresas. En este sentido, desde MZG Asesores, proveen información relevante a tener en cuenta por parte de empresarios y autónomos.
Modificaciones en el Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas
El Ministerio de Hacienda ha ejecutado reformas en el sistema tributario, mientras decidió mantener el límite máximo para las cantidades aportadas al sistema de previsión social en 10.000 euros. La decisión se ha anunciado en el borrador del Reglamento, publicado para su consulta pública, en el que se informa que esta cifra aplica para trabajadores y empresarios que no hayan aplicado a una reducción en la base imponible del IRPF en periodos previos al 2022.
La modificación aplica a la proporcionalidad de las aportaciones, que actualmente limitan al empleado a 1.500 euros y a las empresas a los restantes 8.500 euros en quienes no obtuvieron una reducción por superar el porcentaje establecido o por tener una base imponible insuficiente.
La Administración Tributaria reconoció que el sistema de cómputos actuales significaba una dificultad añadida en el esquema de los límites de reducción en la base imponible del impuesto. Por eso, la actual modificación está orientada a simplificar los cálculos necesarios a la hora de ejecutar las imputaciones de las cantidades no reducidas previamente y asegurará que solo se reduzcan cuantías que hayan respetado el límite financiero.
Aspectos clave de la nueva disposición de Hacienda
Cabe resaltar que la medida de Hacienda incluye también a los excesos que estén pendientes de resolución en la fecha en la que entre en vigencia el Real Decreto. Mientras, se mantendrán bajo sus propios límites los excesos de primas de seguros colectivos de dependencia, de aportes del sistema de previsión social a favor de personas con discapacidad y de deportistas profesionales.
Respecto a los productos paneuropeos de pensiones individuales que están regulados por la normativa del Parlamento Europeo y del Consejo, se les aplicará en el IRPF distintos tratamientos según cada plan de pensiones. En estos mismos, las aportaciones del ahorrador se incluirán en el margen de 10.000 euros fijado para los sistemas de previsión social.