Contar con un empleado doméstico en el hogar, para que realice distintas tareas de limpieza, cocina, organización y cuidado de los niños, es un gran beneficio para toda la familia.
Sin embargo, para garantizar su seguridad y sus derechos laborales, la normativa española establece que todo trabajador doméstico que reciba una remuneración a cambio de su trabajo, debe ser dado de alta en el Sistema Especial de Empleados del Hogar, sin importar la cantidad de horas que permanezca en el hogar. A su vez, es importante contemplar la nueva normativa empleados hogar, para la cual MZG Asesores enumera los detalles a tener en cuenta.
Ampliación de derechos laborales para las empleadas domésticas
Desde el pasado martes 8 de septiembre, se dio paso a una nueva legislación que garantiza una mayor protección a los empleados del hogar, ante situaciones de despido y desempleo.
Hasta la fecha, las trabajadoras domésticas podían ser despedidas con facilidad con un aviso previo de 20 días, sin dar ninguna justificación y con una indemnización económica según su antigüedad. Sin embargo, la reciente normativa ha modificado este aspecto, para regirse bajo las mismas condiciones que todos los trabajadores asalariados del Régimen General. De esta forma, les otorgan no solo una indemnización mayor, sino también la garantía de una justificación.
Esto implica que, de aquí en adelante, cuando una persona ya no requiera los servicios de un empleado doméstico, deberá argumentar los motivos para despedirle, puesto que se ha suprimido la figura del «desistimiento» en la regulación del sector.
A su vez, es obligatorio otorgarle una indemnización equivalente al pago de 20 días por año trabajado, con un límite de 12 meses en caso de que sea objetivo, mientras que, si es un despido improcedente se pagarán 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
Tener en cuenta la cotización por desempleo es fundamental
La normativa comenzará a funcionar a partir del 1 de octubre y beneficiará, según los datos más recientes de la Seguridad Social, a 373.120 trabajadores del hogar afiliados. En el caso de despido, además de la indemnización, se deberá abonar la Seguridad Social por desempleo, con una nueva cotización del 6 % y por el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) en un 0,2 %.
Sin embargo, la legislación anticipó que el 80 % de la cotización será bonificada y que, para algunas familias según sus niveles de patrimonio o renta, se reducirá en más del 20 % la cotización por contingencias.
La nueva normativa para empleados domésticos busca igualar las condiciones de este sector con las del resto de trabajadores, quienes podrán acceder a la prestación contributiva por desempleo si han estado cotizando durante un mínimo de un año.