Muchos extranjeros, tras cumplir varios años de residencia, deciden solicitar la nacionalidad española por residencia legal. Este procedimiento representa un vínculo jurídico entre la persona y el Estado, otorgándole derechos y deberes para hacer vida dentro del país. Según cifras de la ONU, España es el país europeo con mayor porcentaje de extranjeros, ocupando un 12,9 % de la población total.
El procedimiento inicia por solicitud del interesado o de su representante legal de forma electrónica, en el cual se debe presentar una serie de requisitos que dependerán de factores como la nacionalidad de origen del solicitante, haber contraído matrimonio con un ciudadano español, entre otras circunstancias personales.
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¿Cuáles son los plazos de residencia para adquirir la nacionalidad por residencia española?
El artículo 22 del Código Civil Español señala que, para la concesión de la nacionalidad por residencia, se requiere que el solicitante haya durado 10 dentro del país de forma continuada. No obstante, este plazo puede verse reducido según ciertas excepciones.
En el caso de ciudadanos que han obtenido la condición de refugiados, serán suficientes cinco años para obtener su documentación legal. Mientras que, para ciudadanos iberoamericanos de países como Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal de origen Sefardí, el tiempo se reduce a 2 años. Por otro lado, aspectos personales como, llevar un año de matrimonio con un ciudadano español o tener abuelos o padres españoles, hace posible el otorgamiento de la residencia española en un año.
La documentación necesaria para iniciar el procedimiento
De acuerdo al Reglamento de Nacionalidad Española por Residencia (Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre) el proceso puede introducirse de manera telématica y debe acompañarse de una documentación específica. Por norma general, el ciudadano debe presentar el pasaporte vigente de su país de origen, el certificado de nacimiento, debidamente legalizado y traducido, así como el certificado de antecedentes penales emitido por el último país donde residió.
En caso de haberse casado con un ciudadano español, se debe introducir el certificado matrimonial, el comprobante de pago de tasa administrativa, así como el certificado de empadronamiento que puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud. Por último, debe consignarse los diplomas del Instituto Cervantes, la prueba de conocimiento constitucional y socioculturales (CCSE) y la prueba de conocimiento del idioma español (DELE).
Para que el proceso se desarrolle de manera ágil y sin complicaciones, contar con el apoyo de abogados como los de Cristina Griga es una opción recomendable. En los casos más complicados, los profesionales se apoyan en los recursos de ley para agilizar el trámite con absoluta transparencia, disciplina y responsabilidad.
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