Si estás embarazada, o acabas de dar a luz, es posible que alguien te haya comentado que existen ayudas por hijo o beneficios a los que tienes derecho a solicitar, y una de las que se encuentran a tu disposición es la ayuda a las madres trabajadoras, que es concedida por la Agencia Tributaria.
Por eso, hoy queremos contarte de qué se trata, los requerimientos que debes cumplir para poderla pedir y quienes son los que tienen derecho a la misma, e incluso la puedes solicitar telefónicamente o por internet, sin necesidad de que debas desplazarte físicamente a una oficina en articular.
Solicitar la ayuda de las madres trabajadoras
El nombre con el que es conocida es ayudas a las madres trabajadoras, que en realidad también puede ser una deducción que se puede hacer en tu declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). De hecho, por cada hijo que sea menor a los 3 años de edad, que haya nacido o haya sido adoptado en el territorio de España, podrías deducir hasta 1.200,00€ al año.
En caso de que se trate de un acogimiento o una adopción, es posible hacer esta deducción en los tres años que siguen a la inscripción del niño en la oficina de Registro Civil, con independencia de cuál sea su edad y básicamente esos son los principales requisitos que son exigidos.
No es una ayuda que discrimina
No sólo son las madres las que tienen derecho a hacer esta deducción, sino que también pueden hacer esta deducción aquellos padres que tienen la guarda y custodia de manera exclusiva sobre su hijo menor, siempre que se cumplan los mismos requisitos que antes hemos mencionado, particularmente en el caso de que la madre haya fallecido.
En conclusión, es posible deducir mensualmente 100,00€ por cada hijo que no haya cumplido los 3 años de edad, lo que al final del ejercicio fiscal representan, como antes indicamos, 1.200,00€.
¿Qué hacer para solicitarla?
Hay que presentar un modelo 140 de manera telemática o presencial. Si quieres hacerlo por internet, la página web oficial de la Agencia Tributaria española contiene las indicaciones que debes seguir para que lo hagas. Hay que declarar y luego demostrar, que el solicitante es una mujer, que tiene un hijo que es menor de los tres años, (salvo la excepción que aplica a los padres que antes hemos comentado), que trabaja por cuenta propia o por cuenta ajena y que se encuentra haciendo sus cotizaciones al régimen de Seguridad Social o a una Mutualidad.
Si se trata de una trabajadora autónoma, es posible pedir la ayuda para madres trabajadoras, siempre que sus cotizaciones mensuales mínimas sean de 100,00€ al mes. También es posible recibir este beneficio si la mujer, o el hombre en el supuesto excepcional antes explicado, está de baja teniendo un contrato vigente, pero no tienen derecho a ello los que están en el paro.
La cantidad que puede deducirse
Es posible solicitarla de mara prorrateada y anticipada, por una transferencia de 100,00€ mensuales, hasta un máximo de 1.200,00€ por cada hijo. Cuando el niño cumpla los tres años de edad, se dejará de cobrar esta ayuda.
Otra forma de beneficiarte de esa ayuda, es hacer la deducción anual en la declaración del IRPF, de modo que cuando se percibe la deducción de forma anticipada, no se va a aminorar la cuota por un diferencial en el impuesto.
¿En qué momento se cobra esta ayuda?
Si se solicita que esta ayuda para madres trabajadoras, por abono mensual prorrateado y anticipado, hay que hacer la solicitud cumpliendo las condiciones y los requisitos que se exigen para que surja el derecho a percibirla. En el supuesto de que sean los dos padres quienes van a solicitar esta ayuda, tienen que presentar los formularios al mismo tiempo.
En caso de que deje de cumplirse alguno de los requisitos después de que ya se está recibiendo este beneficio, y que pudiera afectar el cobro de estas ayudas por madres trabajadoras que se recibe de Hacienda, o por cualquier otro motivo, hay que consignar otra forma 140 dentro de los 15 días continuos. En caso de no presentar este formulario cuando ocurran circunstancias que afecten el derecho a percibir esta ayuda o las variaciones que modifican este derecho, es probable que la ayuda sea retirada.
¿Es una ayuda o una deducción?
En realidad puede ser cualquiera de las dos cosas, eso va a depender de ti. Si quieres que sea una ayuda adelantada y fraccionada, tendrás que llevar a cabo todo el procedimiento y consignar la forma 140 a la que hemos hecho referencia, en una oficina de Hacienda, o por medio de su página web, siguiendo las instrucciones.
Pero también puedes optar por emplearla como una deducción en tu declaración del impuesto sobre la renta de personas físicas, al final del ejercicio fiscal, pero, en todo caso, el monto siempre será el mismo, que son 100,00€ mensuales, lo que representa 1.200,00€ anuales, lo interesante es que esta ayuda o beneficio se percibe por cada hijo mejor de tres años de edad, y dejarás de percibirla automáticamente o perderás el derecho de hacer la deducción cuando el menor cumpla los 3 años, o cuando adoptas o acoges a un niño, sin importar la edad que éste tenga, siempre por un período de tres años contados a partir de su inscripción en el Registro Civil.
¿Necesitas mayor información?
Pues, lo que podemos recomendarte es que asistas personalmente a cualquier oficina de la Agencia Tributaria, en donde podrás preguntar no sólo por las ayudas por ser madre trabajadora, sino cualquier otro tipo de ayudas por causa de maternidad que puedan existir.
Otro aspecto importante por el que podrías preguntar es todo lo que se relaciona con los derechos que te permiten hacer la conciliación familiar, lo relativo a las horas para la lactancia cuando tengas que volver al trabajo, así como la conciliación de maternidad y el trabajo.
Siempre es interesante poder tener una explicación clara de un especialista sobre las ayudas y deducciones que nos pueden ayudar en nuestra declaración del impuesto sobre la renta, para mejorar las condiciones económicas de tu familia.