Este es el número de cervezas que puedes tomar según la DGT

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El 21 de marzo entró en vigor la nueva Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial que marca los límites en la ingesta de cerveza antes de ponerse al volante. Según la Dirección General de Tráfico (DGT), el alcohol es uno de los factores de riesgo más frecuentemente implicados en los accidentes de tráfico. “Son muchas las muertes que se pueden evitar si todos hacemos un consumo responsable del alcohol y nunca conducimos bajo sus efectos”, explican. A pesar de ello, la Ley de Tráfico especifica que al volante puedes conducir con una tasa mínima de alcohol. Te contamos cuántas cervezas puedes tomar.

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Sanciones por tomar cerveza

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La Ley de Tráfico ha mantenido las sanciones económicas ya establecidas antes de su paso por el Congreso y el Senado. De esta forma, la sanción prevista por dar entre 0,26 mg/l y 0,50 mg/l en aire espirado es de 500 euros y la retirada de cuatro puntos del carné de conducir. En caso de noveles con menos de dos años de antigüedad y profesionales, la tasa máxima permitida es de 0,15 mg/l, con la misma sanción si la superan hasta 0,30 mg/l.

La reincidencia supondrá 1.000 euros y la detracción de seis puntos, con un paso por escuelas de formación para intentar reeducar al conductor. Es la misma sanción que recibirán quienes registren entre 0,51 mg/l y 0,60 mg/l en el etilómetro. O entre 0,31 mg/l y 50 mg/l para noveles y profesionales. Conducir con más de 0,60 mg/l de alcohol en aire espirado puede pagarse con pena de prisión (3-6 meses), retirada de carné de conducir, multas por meses y penas de trabajo para la comunidad.