El Gobierno solicita tramitar de urgencia el proyecto de Ley General de Comunicación Audiovisual

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el acuerdo por el que se solicita la tramitación parlamentaria por el procedimiento de urgencia del proyecto de Ley General de Comunicación Audiovisual, según se recoge en las referencias del Consejo de Ministros.

El Ejecutivo quiere acelerar así los plazos parlamentarios y aprobar definitivamente el proyecto de Ley, que transpone la Directiva audiovisual europea al ordenamiento jurídico español. Esta reforma está recogida en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, aprobó en noviembre de 2021 la remisión al Congreso de los Diputados del proyecto de Ley. La Comisión Europea había dado un ultimátum a las autoridades españolas en septiembre para que, en el plazo de dos meses, tomaran las medidas necesarias para transponer plenamente a la legislación nacional las normas europeas en materia de servicios audiovisuales, en vigor en la UE desde septiembre de 2020.

La Directiva de Servicios de Comunicación Audiovisual (DSCA) fue revisada en 2018 para ajustar las reglas comunes a la nueva era digital y armoniza las normas de medios audiovisuales, incluidos los organismos tradicionales de radiodifusión televisiva y los servicios de vídeo a la carta, además de establecer medidas de protección sobre los contenidos compartidos en las plataformas de distribución de vídeos.

El Proyecto de Ley remitido a las Cortes obliga a los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo lineal a reservar el 51% del tiempo de emisión a obras audiovisuales europeas. De ese porcentaje, el 50% se reservará a obras en la lengua oficial del Estado o en alguna de las lenguas oficiales de las comunidades autónomas. De esta subcuota, RTVE reservará un mínimo del 15% a obras audiovisuales en alguna de las lenguas oficiales de las CCAA.

Además, el texto establece que aquellas comunidades autónomas que tengan lengua oficial podrán regular obligaciones adicionales para los prestadores del servicio público de comunicación audiovisual en sus correspondientes ámbitos autonómicos.

Por su parte, los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo a la carta deberán reservar un 30% de su catálogo a obras europeas. La mitad (15%) deberán ser obras en lenguas oficiales en España y, de esa subcuota, el 40% deberán ser obras audiovisuales en alguna de las lenguas oficiales de las CCAA.

En lo que se refiere a la financiación anticipada de la obra audiovisual europea, se establece una excepción al principio de país de origen, ya que cualquier prestador del servicio de comunicación audiovisual televisivo que ofrezca su servicio en España deberá contribuir a la financiación anticipada de la obra audiovisual europea.

La cuantía de la obligación de financiación anticipada de obra audiovisual europea se calculará en función de los ingresos anuales. Quedan exentos los prestadores con una facturación generada por sus servicios en España inferior a 10 millones de euros al año.

En el trámite en el Congreso, el Grupo Vasco decidió retirar la enmienda de totalidad con texto alternativo que había presentado al Proyecto de Ley General de Comunicación Audiovisual tras, constatar «avances» en las posiciones del Gobierno y confirmar que existe «voluntad» de negociación y «margen» para el acuerdo.