TC avala la sentencia del TS que condenó a Bassa y Forn por el delito de sedición por su papel en el ‘procés’

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha desestimado este jueves los recursos de amparo de los exconselleres catalanes Dolors Bassa y Joaquim Forn contra la sentencia del Tribunal Supremo que les condenó por un delito de sedición por su participación en el ‘procés’ independentista catalán. Al igual que ocurriera con el recurso del exvicepresidente catalán Oriol Junqueras, las dos sentencias de hoy han contado con los votos discrepantes de tres magistrados.

En una nota informativa, se explica que los votos particulares han sido los del vicepresidente Juan Antonio Xiol, y los de los magistrados María Luisa Balaguer y Ramón Sáez. Así se replica la división que se vivió ayer, cuando frente a esos tres votos hubo seis magistrados que avalaron la sentencia del Alto Tribunal, se contó además con las abstenciones de Antonio Narváez y Cándido Conde-Pumpido, y tampoco participó el magistrado Alfredo Montoya.

Con estos dos recursos, el TC concluye la resolución de los diez recursos de amparo interpuestos contra la sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo 459/2019, y que se siguió contra los líderes del denominado ‘procés’. Esa resolución condenó a los recurrentes, que en el momento de suceder los hechos enjuiciados ostentaban diversos cargos a las penas de prisión e inhabilitación absoluta como autores, unos, de un delito de sedición en concurso medial con un delito de malversación, otros, de un delito de sedición y otros de un delito de desobediencia.

LAS MAYORÍAS

Si bien en el día de hoy solo se ha adelantado el fallo, el hecho de que no hubiera una mayoría más cualificada a la hora de rechazar el amparo de estos últimos recurrentes ha planeado durante las últimas semanas sobre la sede el Alto Tribunal. Fuentes del TC ya explicaron a principios de mes a Europa Press que esas mayorías que se vivieron en el tribunal de garantías en el primero de los recursos relativo a esa sentencia, el de la consellera Meritxell Borrás, y en el que se decantaron por desestimarlo, no se preveían en los casos analizados esta semana dado que la composición del pleno ha cambiado tras la última renovación y porque han tenido lugar las abstenciones de los magistrados Cándido Conde-Pumpido y Antonio Narváez, expertos en Penal y que tomaron esa decisión tras ser recusados por los condenados y huidos del ‘procés’.

Con todo, ya avanzaban que el hecho de que no se dé una unanimidad en el voto no es algo extraño en el tribunal de garantías, y argumentaban que ocurre en otras instituciones del Estado, habida cuenta que los magistrados del TC son de alguna forma un reflejo de la pluralidad ideológica y política que existe en España.

Cabe recordar que en el primer recurso que incluía la sedición y que fue elevado al Pleno del Tribunal Constitucional en abril de 2021, el de Jordi Turull, la decisión no fue unánime dado que contó con el voto discrepante de dos de los nueve magistrados que decidieron entonces, los progresistas Juan Antonio Xiol y María Luisa Balaguer.