El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por la Asociación Unificada de Militares Españoles (AUME) contra el Real Decreto por el que se creaba la medalla conmemorativa de la ‘Operación Balmis’ para reconocer al personal participante en la lucha contra la Covid-19.
En una sentencia, ponencia del magistrado Pablo Lucas, el Alto Tribunal recoge parte del preámbulo del decreto impugnado para explicar que en julio de 2020 se creó esa distinción en virtud del Reglamento General de Recompensas Militares, que contempla la creación de medallas conmemorativas y de campaña para rememorar hechos de relevante trascendencia para las Fuerzas Armadas o para la Patria.
La AUME indicaba en su recurso que pese a afirmarse en el expediente que el proyecto sería objeto de audiencia de las asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas, que se solicitaría informe del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas y dictamen del Consejo de Estado, «el texto aprobado y publicado no hace referencia al cumplimiento de esos trámites y no ha sido sometido a dictamen del Consejo de Estado» y por eso pedían que fuera declarado nulo.
SE OPTÓ POR ALIGERAR EL TEXTO
La Abogacía del Estado argumentó ante la demanda que si bien inicialmente el Estado Mayor de la Defensa elaboró varios borradores y propuestas con la idea de que el Real Decreto a dictar no sólo creara la medalla sino que, además, contuviera su regulación básica, finalmente no se aprobó ninguna versión de esa naturaleza pues se optó por «aligerar» el texto para crear la medalla de forma inmediata a la propia operación.
La sentencia recoge además que la abogada del Estado indicó que la tramitación del expediente no mostraba un texto que debiera ser sometido a audiencia de las asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas ni a dictamen del Consejo de Estado, a pesar de lo cual sí que fue dado a conocer tanto a las asociaciones como al Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas.
Además, los servicios jurídicos del Estado ponían de relieve en sus alegaciones que ya han sido recompensados con la medalla mediante las correspondientes resoluciones administrativas publicadas en el Boletín Oficial de Defensa 41.417 personas, de las cuales 2.581 son personal civil.
Tras exponer esto, el Supremo falla que el recurso debe ser desestimado porque las infracciones que alega la AUME –la omisión de la audiencia de las asociaciones profesionales y del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas y de dictamen del Consejo de Estado– «descansan en la premisa de que el Real Decreto 701/2020 es una disposición general y no lo es».
Añade que esto se aprecia «sin dificultad con solamente leerlo» y que queda más clara la diferencia cuando se le compara con el Real Decreto 336/2018, de 25 de mayo, por el que se crea la medalla de campaña para reconocer la participación en determinadas operaciones militares y campañas en el exterior y se establecen los criterios generales para su concesión.