Defensor del Pueblo pide a Madrid que aplique la valoración de dependencia de urgencia a personas en proceso de morir

El Defensor del Pueblo ha pedido a la Consejería de Familia y Política Social de la Comunidad de Madrid, dirigida por Concepción Dancausa, que aplique la el procedimiento de urgencia de valoración de la situación de dependencia y de aprobación del Programa Individual de Atención (PIA) a las personas que se encuentren incursas en el proceso de morir.

Así consta en el informe del año 2021 que el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ha entregado este viernes al Congreso de los Diputados. Un año más, ha recibido quejas de muchos madrileños de demoras en el acceso a las prestaciones reconocidas en el PIA y efectos iniciales de las prestaciones económicas.

El Defensor del Pueblo ha continuado con la actuación de oficio seguida con la Presidencia de la Comunidad de Madrid en la que se viene examinado «la falta de disponibilidad de recursos públicos y concertados para prestar los servicios reconocidos en el Programa Individual de Atención y la insuficiente financiación del sistema». De hecho, a principios de 2021 le dirigió una ampliación de información que no fue contestada a lo largo de ese año.

Por su parte, el Ayuntamiento de Madrid ha informado de que la comunidad autónoma no había incrementado su aportación al convenio de colaboración suscrito entre ambas administraciones, sobre la gestión de los servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD).

Por otro lado, ha apreciado que, en las listas de espera que publica la Comunidad de Madrid se han incluido las relativas a los centros de atención diurna y residencial para personas adultas con discapacidad en situación de dependencia, cuestión que había abordado esta institución.

Asimismo, el Defensor del Pueblo ha finalizado, con diferencia de criterio, las actuaciones seguidas con las comunidades autónomas de Andalucía, Aragón, Canarias, Madrid y Murcia, referidas a la fecha de efectos iniciales de las prestaciones económicas reconocidas. Esta institución considera que la previsión normativa autonómica sobre esta cuestión debe aplicarse solo cuando la Administración no se excede en el plazo que tiene para resolver las solicitudes.