El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Múmero 4 de Santa Cruz de Tenerife ha estimado un recurso presentado por un guardia civil del servicio de Tráfico destinado en La Laguna contra la decisión del cuerpo de no permitirle trabajar en horario de mañana tal y como había solicitado para poder cuidar de su hijo autista por las tardes.
La Asociación Unificada de la Guardia Civil (AUGC), que se ha encargado de la defensa del caso a través de sus servicios jurídicos, subraya que el menor tiene una discapacidad reconocida del 75% y «gran dependencia de grado III-nivel 1».
Además, su estado se fue agravando cuando le fue detectado autismo no verbal y comenzó a precisar de atención y auxilio constante las 24 horas para desarrollar su vida cotidiana con seguridad.
Ante esta situación, el superior directo del agente autorizó que pudiera trabajar durante la mañana pero después le negó la posibilidad de conciliación para atender a su hijo.
Sin embargo, el niño comenzó a manifestar conductas disruptivas que podrían llegar a ser violentas e incontroladas tanto para el propio niño como para sus auxiliadores y desde la defensa jurídica, ejercida por la letrada Begoña Fleitas, se consideró que se daba una violación del principio de interés superior del menor, algo que se contempla en la Convención Internacional del Derecho del Niño y la Conciliación Familiar.
La carga familiar del guardia civil es «excepcional» y se hace necesaria la presencia del padre y la madre en horario de tarde dado que el niño va por las mañanas a un colegio de Educación Especial.