El acusado de ser el presunto autor de la muerte de una mujer cuyo cuerpo fue encontrado en el interior de un contenedor de la barriada conocida como Las Casitas Bajas, en Jerez de la Frontera (Cádiz) en la madrugada del 19 de julio de 2020, ha alcanzado un acuerdo de conformidad con las partes por la que acepta seis años por el delito de homicidio y cinco meses por un delito contra los sentimientos religiosos y respeto a los difuntos.
El juicio, señalado para su celebración en la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Jerez, estaba previsto con jurado popular.
Según el escrito de Fiscalía, los hechos se produjeron en la vivienda del acusado, en la calle Tempranillo de la citada barriada, donde la víctima, de 39 años, acudió «en los días previos» –coincidiendo con el fin de semana– y permaneció «hasta el 19 de julio».
Esa madrugada, sobre las 4,57 horas, el acusado «acudió a la habitación de la planta superior del domicilio donde se encontraba la mujer y con ánimo de acabar con su vida, presionó la boca y la nariz con su mano o algún tipo de prensa hasta provocarle la asfixia y su muerte».
Como consecuencia del mecanismo de asfixia, prosigue el escrito de la Fiscalía, «le provocó un cuadro de edema pulmonar severo, siendo esta la causa de su muerte».
A continuación, el acusado «envolvió el cuerpo sin vida de la víctima en una colcha y la sujetó con tres cuerdas y portó el cuerpo hasta el exterior de su domicilio, dirigiéndose al contenedor de basura que se encontraba a unos 20 metros y, con el más absoluto desprecio a la memoria de los muertos, arrojó el cuerpo a su interior, no lográndolo debido a su peso».
Fue por esta razón, según indica el escrito de la Fiscalía, por la que el procesado pidió ayuda al también otro hombre –también acusado y condenado a cinco meses de prisión– que «pasaba por el lugar» y ambos, «con pleno conocimiento de que se trataba de un cuerpo humano», lo «lanzaron» al interior del referido contenedor.
Después se marcharon del lugar, siendo interceptados por los agentes policiales minutos más tarde cuando caminaban por la avenida Tomás García Figueras, una vez que varios vecinos alertaran a la Policía.
La Fiscalía considera que en el momento de los hechos «ambos acusados se encontraban en pleno uso de sus facultades intelectivas y volitivas» y que los informes médico forenses señalan que «no se han evidenciado signos ni síntomas de intoxicación aguda por consumo de sustancias psicoactivas ni de padecimientos de síndrome de abstinencia, por lo que eran capaz de conocer, querer y actuar en consecuencia».
El Ministerio Fiscal solicitaba que el principal acusado, y propietario de la vivienda donde ocurrieron los hechos –en prisión provisional desde entonces– fuera condenado a 12 años y seis meses de prisión por un delito de homicidio.
Finalmente, en el acuerdo de conformidad se ha aceptado la atenuante de toxicomanía y arrepentimiento espontáneo, quedando la pena acordada en seis años por el homicidio. Por su parte, el segundo de los acusados, por un delito de encubrimiento, ha sido condenado a cinco meses de prisión.