La Ley de Propiedad Horizontal y las salidas de humos, de la mano de Bazan Abogados

La salida de humo está regulada en España para viviendas y locales comerciales en una ley que plasma cómo debe manejarse la humareda y cuáles son las obligaciones de los propietarios para que la evacuación de este elemento por las chimeneas se realice de manera correcta.

También hay que tener en consideración la regulación de la Ley de Propiedad Horizontal si estos elementos se encuentran o quieren instalarse en una comunidad de propietarios. Para asesorarse en esta materia, Bazan Abogados ofrece un equipo de profesionales especializados en propiedad horizontal que se encarga de hacer la diferenciación que se requiere entre la salida de humo en los pisos y la salida de humo en locales comerciales, ya sean chimeneas nuevas o usadas.

¿Qué requisitos se necesitan para construir una chimenea en locales comerciales?

El despacho de abogados de Bazan recomienda siempre seguir los requisitos que exige la ley al momento de instalar una nueva chimenea no solo para las viviendas. Es importante ser también fiel a la normativa en locales comerciales. Se debe cumplir entonces con los artículos 7 y 17 de la Ley de Propiedad Horizontal, donde se habla de la edificación de conductos sin que ello cause daños o altere el bienestar de otros copropietarios y de tener un respaldo o una votación favorable por parte de la respectiva comunidad o junta de propietarios para avanzar en el proceso de adecuación de un nuevo canal expulsor de gases. La firma de juristas Bazan acompaña a estos establecimientos en caso de que requieran defender sus derechos ante una junta de vecinos que sin argumento alguno frenen la cimentación de una salida de humo.

La posición del Tribunal Supremo en torno a las salidas de humo

La normativa para la instalación de chimeneas en locales comerciales se ha hecho más flexible gracias a la intervención del Tribunal Supremo de España, pues entiende que en los locales comerciales se realiza una actividad comercial y, por ello, tienen una configuración y unas necesidades distintas a los pisos que componen la comunidad, siempre que no se perjudique la seguridad de la estructura o los derechos de otros propietarios. El Tribunal Supremo, en conclusión, lo que establece es que la construcción de una chimenea se realice por medio de un acuerdo que esté aprobado por unanimidad o por las tres quintas partes, dependiendo de cada caso. La experiencia no se improvisa en estos casos y Bazan Abogados tiene la capacidad de resolver los conflictos que puedan surgir en una colectividad por la instalación de conductos de humo dentro de una propiedad horizontal. 

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