La consejera de Salud Pública de Melilla, Francisca Maeso (PSOE), ha anunciado este viernes el endurecimiento de las medidas anti-covid y entre ellas ha destacado que a partir de este sábado, bares y restaurantes tendrán que reducir su aforo interior al 50 por ciento y no se podrá consumir en barra.
En rueda de prensa, Francisca Maeso ha justificado la vuelta de las restricciones, fundamentalmente en el ámbito de la hostelería, por la «elevada incidencia acumulada» en la ciudad española del norte de África, 3.538 casos por cada 100.000 habitantes frente a 3.156 de la media nacional.
Maeso ha recomendado que «las mesas en interiores no superen los seis comensales y que los clientes permanezcan con la mascarilla puesta en los momentos que no se esté consumiendo».
HOSTELERÍA
Entre las medidas, Maeso ha comunicado que en exteriores se permite un aforo máximo del 100 % del autorizado por la correspondiente licencia y normativa ordinaria de aplicación mientras en interiores «se permite un aforo máximo del 50% del autorizado» y «el consumo solo podrá realizarse en mesa, con una distancia de 1,5 metros entre cada grupo de comensales o clientes».
Asimismo, ha detallado que se mantiene la prohibición del consumo de tabaco y uso de cachimbas o shishas en los establecimientos tanto en interior como en exteriores, y se permite el baile en las zonas habilitadas o delimitadas a tal efecto, como las pistas de baile, tanto en exteriores como en interiores, «siempre haciendo uso de la mascarilla y mientras no se consuma o porte ningún tipo de bebida, esto es, queda prohibido consumir mientras se baila».
En los locales de ocio nocturno, la responsable de Salud Pública ha señalado que se establece un aforo permitido del 50% en interior solamente sentado. En el exterior, «solamente sentado el aforo será del 100% cumpliendo las medidas de distanciamiento y prevención».
CELEBRACIONES, OCIO Y DEPORTE
Por el contrario, Francisca Maeso ha destacado que el aforo en los lugares de culto se reestablece en el 100% para las reuniones, celebraciones y encuentros religiosos en espacios cerrados y se mantiene el total disponible según su capacidad en espacios abiertos, «en ambos casos siempre y cuando se puedan mantener las medidas preventivas generales establecidas del uso obligatorio en todo momento de la mascarilla, mantenimiento de la distancia social y existencia de geles hidroalcohólicos en las zonas de acceso, atendiendo al riesgo de transmisión que pudiera resultar de los encuentros colectivos».
En las instalaciones dedicadas a velatorios y honras fúnebres la presencia de personas podrá alcanzar el 100% del aforo legal de la dependencia funeraria haciéndose uso de la mascarilla, «si bien en espacios cerrados siempre y cuando se mantenga la distancia de seguridad de 1,5 metros entre los sujetos asistentes y una ventilación adecuada», ha apuntado.
En las celebraciones de bodas, bautizos, comuniones o eventos similares, en lo referente al acto civil o religioso, se podrá completar el 100 % del aforo para las reuniones, celebraciones y encuentros religiosos tanto en espacios cerrados como abiertos, siempre y cuando se puedan mantener el uso de la mascarilla, la distancia social y la existencia de geles hidroalcohólicos en las zonas de acceso
En cuanto al aforo en las piscinas cubiertas, ha anunciado que queda limitado al 75 % de su capacidad, aunque se permitirá el cien por cien del aforo en piscinas al aire libre, manteniendo las medidas de distanciamiento físico y prevención.
También se permitirá la celebración de eventos sociales, culturales, educativos y recreativos con el 100 % del aforo tanto en interiores como exteriores, debiéndose hacer uso de la mascarilla y dispensándose gel hidroalcohólico por el organizador.
En los eventos deportivos al descubierto también se permite el 100 % del aforo legal, y un aforo máximo del 80 % para eventos en recintos cerrados, debiéndose garantizar una distancia interpersonal de 1,5 metros, el uso de la mascarilla y la dispensa de gel hidroalcohólico.
PRÓRROGA PASAPORTE COVID
Por último, ha comunicado que se ha prorrogado la exigencia de presentación del Certificado Digital Covid UE, en determinados establecimientos y locales, como en el interior de los establecimientos de hostelería y restauración (tales como bares, cafeterías, comedores y restaurantes), tanto los abiertos a la pública concurrencia como los abiertos únicamente para determinados colectivos privativamente como restaurantes, comedores, bares y cafeterías de clubs deportivos, asociaciones de vecinos o de cualquier índole.
Se incluyen expresamente también bares, cafeterías, comedores y restaurantes de hoteles, casinos y salas de juegos recreativos y de azar. Quedan exceptuados de esta medida, los comedores de centros docentes de enseñanza reglada, respecto del alumnado y profesorado.