La Fiscalía Superior de Andalucía ha mostrado este miércoles su respaldo a la implantación del certificado covid propuesto por la Junta de Andalucía para aquellas personas que accedan a establecimientos de hostelería y ocio nocturno, al entender que «cuenta con una habilitación legal suficiente y resulta proporcionada ante la compleja situación de riesgo sanitario en la que aún nos encontramos» por la pandemia.
En un escrito que ahora será remitido al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la Fiscalía Superior considera que debe ser ratificada la Orden, con fecha de diciembre de 2021, de la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía por la que se establece la medida preventiva de salud pública relativa al certificado COVID 19 o prueba diagnóstica para el acceso al espacio interior de establecimientos de hostelería, ocio y esparcimiento.
El fiscal que firma el escrito, Jesús García Calderón, señala que la justificación que ahora sostiene la Junta de Andalucía para aplicar esta medida se vincula con «la necesidad básica de evitar o dificultar la propagación de la pandemia» y proteger la salud pública, en la línea ya iniciada por la orden de la Consejería de Salud que requiere el pasaporte covid o prueba diagnóstica negativa al coronavirus para el acceso a centros sanitarios con internamiento y centros sociosanitarios de carácter residencial, vigente hasta el próximo 15 de enero.
«Para la Junta de Andalucía cabría estimar, por tanto, que la medida solicitada –el pasaporte covid para hostelería y ocio nocturno– se configura como un elemento básico y eficaz de prevención en la lucha contra esta pandemia que determina la necesidad de su aplicación generalizada e inmediata, como ya ocurre, siempre con el oportuno respaldo jurídico, en otras Comunidades Autónomas y en varios países de nuestro entorno», agrega el fiscal.
Además, precisa que la Junta de Andalucía recuerda que la medida «no solo se asocia con espacios interiores, sino con escenarios que acotan de una manera más estricta su aplicación y generan un riesgo incrementado para la transmisión del SARs-Cov-2 teniendo en cuenta las actividades que allí se realizan normalmente y que provocan una mayor interrelación social», «con la dificultad para mantener el distanciamiento, la elevación de la voz o con la necesidad de retirada de mascarillas para el consumo de alimentos y bebidas».
Todas estas circunstancias inciden, a juicio de la Fiscalía Superior, «no solo en la posible transmisión del virus, ya que su función preventiva se extiende a otras consecuencias negativas ante la posible aparición de brotes masivos que puedan provocar una grave disminución de la capacidad de respuesta sanitaria y asistencial en nuestra Comunidad Autónoma».
Junto a ello, el fiscal Jesús García Calderón entiende que este nuevo pasaporte covid para hostelería y ocio nocturno resulta «desde cualquier punto de vista y teniendo en cuenta sus condiciones normativas de aplicación totalmente proporcionada para la finalidad perseguida en defensa de la salud pública y el interés social».
Precisa en este sentido que la norma establece una triple modalidad de acceso que, «al considerarse asequible, no vulneraría el derecho a la igualdad ni produce discriminación entre quienes están vacunados y quienes no lo están» y, como garantía básica para su control, está acotada hasta el próximo 15 de enero.
Junto a ello, la Fiscalía estima que la medida debe reputarse «necesaria en cuanto imprescindible, al no ser posible la implantación de otras alternativas o sustitutivas menos gravosas para los derechos individuales que produzcan el mismo nivel de eficacia, con una menor afección o lesividad». Junto a ello recuerda «el deber activo de garantizar la salud pública que compete a los poderes públicos y a todos los ciudadanos, máxime en las fases más avanzadas del proceso masivo de vacunación y ante la aparición de nuevas cepas del virus con un mayor índice de transmisibilidad».