El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena a siete años de prisión y otros siete de libertad vigilada para un hombre en Granada por distribución de pornografía infantil que en su mayor parte se descargaba de una página web y que almacenaba, tanto para su uso particular, como para intercambiarlo con terceras personas a cambio de más material de este tipo.
En la sentencia, el Alto Tribunal andaluz rechaza el recurso del acusado y confirma la resolución dictada por la Audiencia de Granada contra él por un delito de distribución de pornografía infantil y declarando que los hechos revisten «un carácter particularmente degradante», pues el material incluía imágenes y vídeos de menores de corta edad, incluyendo bebés.
La investigación contra esta persona comenzó el 24 de febrero de 2016, a raíz de que Google pusiera en conocimiento de la organización norteamericana ‘National Center for Missing ando Exploited Children’ la remisión por correo electrónico de tres imágenes de pornografía infantil y facilitara las conexiones de IP desde donde había sido enviado. Tras identificarse que la dirección correspondía a usuarios españoles se remitió la información a la Policía Nacional, que se hizo cargo del asunto a través del Grupo de Delitos Tecnológicos.
Finalmente se identificó al acusado como el usuario de la cuenta de correo electrónico y la persona que había realizado el envío de las imágenes. Aunque Google canceló la cuenta, él se abrió otra dirección de correo electrónico que usó para continuar enviando archivos de contenido pedófilo a otros usuarios.
El 25 de octubre de 2016 se llevó a cabo un registro en su domicilio de Granada, donde se encontraron cinco teléfonos móviles en los que almacenaba más de 19.000 fotografías, «la mayor parte de ellas con imágenes de menores mostrando sus genitales o realizando prácticas sexuales o bien representando escenas de zoofilia, éstas también incluso con menores de edad», según considera probado la Sección Primera de la Audiencia de Granada. El acusado almacenaba también más de 500 vídeos de la misma naturaleza.
Había obtenido esa cantidad de archivos tras haber descargado la mayor parte de ellos de una web y no sólo disponía de ellos para su uso, sino que lo almacenaba en sus dispositivos con la finalidad de intercambiarlo con terceros, participando así en la dinámica propia de las personas con ese tipo de aficiones sexuales, que únicamente proporcionan material pornográfico a cambio de la entrega de otro material del mismo tipo y naturaleza, actuación que el acusado llevaba a cabo «conociendo el contenido y significación de los archivos que intercambiaba», según recalca la Audiencia Provincial.