El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, a propuesta del Ministerio de Universidades, el Real Decreto de la organización de las enseñanzas universitarias y el procedimiento de aseguramiento de su calidad, que permitirá a los alumnos cursar asignaturas de otros títulos afines y que los títulos de Grado y Máster puedan incluir la mención dual.
Según informa el Ministerio, este decreto pretende, por un lado, consolidar los planes de estudio de Grado de 240 créditos. De este modo, se mantiene definitivamente la estructura básica de la oferta académica, actualmente vigente, configurada en tres etapas: Grado, Máster y Doctorado.
En este sentido, consolida que los Grados sean de 240 créditos, con la única excepción de aquellos que por directrices europeas deben ser de 300 o 360 créditos. Así, la estructura esencial del modelo universitario español se conforma de Grados de 240 créditos, Másters de 60, 90 y 120 créditos, y el Doctorado, al que se accede habiendo superado los 300 créditos en las dos etapas formativas anteriores.
Con respecto a la verificación, seguimiento y acreditación, este nuevo decreto establece que «la evaluación institucional de los centros se configura como una pieza esencial en el engranaje del aseguramiento de la calidad de la oferta formativa universitaria y de desburocratización de los procedimientos implicados en el mismo».
Así, para asegurar la calidad de la oferta académica, se simplifican los procesos administrativos y la documentación necesaria, con lo que el procedimiento de verificación de los planes de estudios deberá ser inferior a 6 meses.
ITINERARIO ACADÉMICO ABIERTO
Asimismo, el decreto establece que aquellas universidades que desarrollan estrategias metodológicas de innovación docente específicas y diferenciadas y que hayan sido valoradas en el proceso de verificación del título por la agencia de evaluación correspondiente, podrán reconocerlas en el Suplemento Europeo al Título.
Dichas propuestas podrían ser la docencia a través del aula invertida, el aprendizaje basado en el trabajo por proyectos, el desarrollo del trabajo colaborativo y cooperativo, la docencia articulada en el uso intensivo de las tecnologías digitales de la información y la comunicación, y otras iniciativas que impulse la Universidad o el centro.
Por otro lado, a partir de ahora, las universidades podrán ofrecer programas de enseñanzas de Grado con itinerario académico abierto que permitan al alumnado cursar asignaturas de dos o más títulos universitarios oficiales que pertenezcan al mismo ámbito de conocimiento o ámbitos de conocimiento afines.
También, los títulos oficiales de Grado y Máster podrán incluir la mención dual, que comporta un proyecto formativo común que se desarrolla complementariamente en el centro universitario y en una entidad colaboradora.
La actividad formativa que se realice en la entidad se concretará en la ejecución de un contrato laboral que tendrá como objeto fundamental el desarrollo de la formación del estudiante y estará mediado por un Convenio Marco entre la universidad y la entidad.
FORMACIÓN A LO LARGO DE LA VIDA
Los estudios universitarios de formación permanente están constituidos por una serie de enseñanzas que tienen como finalidad la formación de los ciudadanos a lo largo de la vida para actualizar y ampliar sus conocimientos, sus capacidades y su habilidades generales, específicas o multidisciplinares de los diversos campos del saber.
Por tanto, el nuevo decreto apunta a la existencia de enseñanzas de formación permanente que requieran titulación universitaria previa y otras que no lo requieran.
Los titulados universitarios podrán optar a tres diferentes títulos de formación permanente dependiendo de la carga de créditos: Máster de Formación Permanente (con una carga de 60, 90 y 120 créditos ECTS), Diploma de Especialización (con entre 30 y 59 créditos) y Diploma de Experto (de menos de 30 créditos).
Los ciudadanos sin titulación universitaria tendrán un curso con una carga máxima de 30 créditos ECTS y se les entregará un Certificado con la denominación del respectivo curso.
Además, las universidades podrán impartir enseñanzas propias de menos de 15 ECTS que requieran o no titulación universitaria previa, en forma de microcredenciales o micromódulos, que permitan certificar resultados de aprendizaje ligados a actividades formativas de corta duración.