Criptomonedas: guía para declararlas a Hacienda y que no te ponga multas

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La campaña de la Renta ya puede realizarse por Internet e incluso también es posible hacerlo por teléfono y también de forma presencial. Pero a la hora de realizar la declaración de la renta nos surge la duda de si hay que aclarar las criptomonedas.

Hoy os vamos a explicar cómo se declaran, que hay que tener en cuenta y cómo cambia en función de si has comprado criptomonedas, has hecho transacciones o te dediques a la minería de bitcoins. 

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Ganancias patrimoniales: Si has vendido criptomonedas

Los usuarios que suelen realizar a menudo transacciones con criptomonedas ya comienzan a recibir mensajes sobre que la Agencia Estatal de Administración Tributaria guarda los datos de las operaciones que has realizado con criptomonedas. Estos beneficios se consideran ganancias patrimoniales y por ello deben estar reflejadas en la casilla 389 de la declaración de la renta, en concreto en la sección “Otras ganancias patrimoniales a integrar en la base imponible del ahorro”.

Por los 6.000 primeros euros el precio es del 19%. Para las cantidades entre  6.000,01 y 50.000 euros, el tipo sube al 21%. A partir de los 50.000,01 euros, todas las ganancias adicionales tributan al 23%. Y en 2021 también se ha añadido otro tramo desde 200.000 euros ganados debes tributar a un 26%.

Como hemos dicho antes, debes declararlas en la casilla 389.