La ayuda para mayores de los 52 años que es otorgado a través del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), es un beneficio que se mantiene durante un determinado tiempo.
Esta ayuda está destinada a personas mayores de 52 años que, una vez agotada la prestación por desempleo, no logren reingresar en el mercado laboral.
Por lo tanto, reciben una ayuda económica hasta que cumplan la edad ordinaria de jubilación. Para este 2021, la cuantía está fijada en 451,92 euros mensuales.
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Para que los ciudadanos puedas acceder a la ayuda de los 52 años, deben cumplir con una serie de requisitos. De acuerdo al SEPE, en el momento de dejar o que no se cumplan los requisitos, los beneficiarios dejarán de tener derecho al subsidio.
Por esta razón es que los ciudadanos que reciben la ayuda de los 52 años, están completamente obligados a presentar ante el SEPE una declaración de sus rentas cada doce meses. Desde luego a contar desde la aprobación del subsidio o desde el momento en que lo reanudó por última vez.
El plazo para presentar esta declaración anual es de 15 días a partir de aquel en el que se cumple el año. Si no lo hacen, se interrumpirá el pago del subsidio y de la cotización a la Seguridad Social.
¿Cuáles son los requisitos que se deben cumplir para optar por la ayuda de los 52 años?
Para que los ciudadanos puedan acceder a la ayuda de los 52 años, es necesario cumplir con una serie de requisitos.
Estar en desempleo.
No tener la condición de persona trabajadora fija discontinua.
Tener 52 años o más en la fecha en que se cumplan los requisitos para acceder al subsidio por encontrarse en alguno de los siguientes supuestos. Si en la fecha en que se encuentre en alguno de estos supuestos no hubiera cumplido la edad de 52 años pero desde dicha fecha permaneciera inscrito o inscrita ininterrumpidamente como demandante de empleo en los servicios públicos de empleo.
Podrá solicitar el subsidio cuando cumpla esa edad (con posterioridad al 13 de marzo de 2019), salvo que haya sido beneficiario de la protección por cese de actividad o de la prestación por desempleo para eventuales agrarios. O haya extinguido el último derecho a protección por desempleo reconocido por imposición de sanción firme.
Se considerará cumplido el requisito de inscripción ininterrumpida cuando cada una de las posibles interrupciones en la inscripción como demandante de empleo haya tenido una duración inferior a 90 días. No computándose los periodos que correspondan a la realización de una actividad por cuenta propia o ajena.
En el caso de la persona trabajadora por cuenta ajena no podrá acceder al subsidio cuando
el cese en el último trabajo haya sido voluntario.
Puntos a tener en cuenta sobre los requisitos
Asimismo, los interesados:
- Haber agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo.
- Ser emigrante que ha retornado a España (debe haber trabajado en el extranjero como mínimo 12 meses en los últimos seis años. Desde su última salida de España, en países no pertenecientes a la UE y no tener derecho a prestación contributiva por desempleo.
- Ser liberado o liberada de prisión sin derecho a prestación contributiva por desempleo, cuando la privación de libertad hubiera sido por tiempo superior a 6 meses.
- Haber sido declarado o declarada plenamente capaz o persona con incapacidad permanente parcial como consecuencia de un expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez. Incapacidad permanente absoluta o incapacidad permanente total para la profesión habitual.
- Estar en situación legal de desempleo y no tener derecho a prestación contributiva por desempleo, habiendo cotizado por desempleo, al menos, entre 90 y 359 días.
- También deberá estar inscrito o inscrita como demandante de empleo durante un mes desde que se agote la prestación por desempleo que usted estaba percibiendo
- Cumplir el compromiso de actividad, que está incluido en la solicitud del subsidio.
- Carecer de rentas propias de cualquier naturaleza que en cómputo mensual sean superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional.
- Acreditar que en la fecha del hecho causante y en la de la solicitud del subsidio reúne todos los requisitos, salvo la edad. Para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social español.
¿Dónde realizar el trámite para la ayuda de los 52 años?
La declaración podrá tramitarse por diferentes vías, en función de la situación del beneficiario.
Asimismo, debe saber que si sus ingresos han sido inferiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Esto durante todos los meses, podrá realizar la operación a través de Internet en la Sede Electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Siempre que se tenga el certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña Cl@ve.
En caso de no disponer de clave de acceso a Internet o haber tenido rentas superiores al límite fijado en algún mes, el interesado deberá acudir a la oficina de prestación, previa solicitud de cita previa en la web del SEPE, o llevar ejecutar el trámite por teléfono.