Las pensiones son aquellas prestaciones económicas de carácter vitalicio que percibe un trabajador en el momento de su jubilación.
Muchos se preocupan sobre si podrán acceder a las pensiones o no, más cuando ha llegado o se acerca el fin de la vida laboral. Pues las pensiones son las que asegurarán la solvencia durante el tramo final de vida.
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Sin embargo, existen determinados casos en los que esto no tiene por qué ser un problema, pues algunos ciudadanos tienen derecho a dos pensiones de jubilación a la vez.
De acuerdo a los datos del secretario de Estado de la Seguridad Social, en España hay alrededor de 1,1 millones de personas que cobran dos pensiones. Técnicamente es un hecho poco frecuente y es casi que una imposibilidad, pero si hay condiciones necesarias, una persona puede cobrar dos pensiones al mismo tiempo.
Se dice que por regla general, las prestaciones de la Seguridad Social son incompatibles , pero se pueden cobrar dos pensiones en casos netamente extraordinarios.
Por ejemplo, en el caso de que una persona presente cierto grado de incapacidad puede llegar a recibir dos prestaciones distintas.
¿Cómo es el proceso para el cobro de dos pensiones?
Las personas que han trabajado como autónomas (en el régimen especial de trabajadores autónomos, el Reta) y como trabajadoras por cuenta ajena (en el régimen general). Si cumplen los requisitos generales para cada uno de los dos regímenes, podrán disponer de dos pensiones de jubilación.
Otro de los casos es que si uno de los sujetos goza de una pensión de incapacidad permanente absoluta o pensión de incapacidad permanente total, puede acceder al trabajo solo si es compatible. Es decir que su estado físico esté apto con la situación que demande.
Por esta razón se podrás acceder a las prestaciones por desempleo y a pensiones por jubilación, siempre que sea de otro régimen.
Cabe destacar que la prestación por discapacidad también puede llegar a ser compatible con la de orfandad. Todo y en caso que el reconocimiento se realice antes de cumplir la mayoría de edad.
Todos estos casos pueden optar por el tema de dos pensiones en casos extraordinarios, siempre que se llegue a la edad ordinaria de jubilación. Además, se ha de estar de alta en los dos regímenes en el momento de la jubilación o, si solo se está de alta en uno, poder demostrar que en el otro se ha llegado al periodo mínimo de cotización de forma superpuesta (de manera simultánea).
Asimismo, se debe haber llegado a los periodos de cotización de pensiones que son obligatorios. Es decir que se debe haber cotizado al menos 15 años por cada año. Que es una de las obligaciones para tener derecho a las pensiones. Por lo tanto en cada caso se deberá haber cotizado al menos dos años dentro de los últimos 15 antes de la jubilación.
Pensiones compatibles con la de viudez
La pensión de viudez puede ser compatible con cualquier actividad laboral y también en conjunto con los beneficios que pueden sustituir las rentas laborales. Po r ejemplo, hay tipo de posibilidades con la prestación de incapacidad temporal, también subsidio de maternidad o paternidad. Incluyendo además prestaciones por desempleo.
A esto se le une las pensiones de jubilación, claro está, siempre que la persona logre alcanzar la cotización y edad necesario. Todo a fin de poder reclamar dichas prestaciones.
Tal como hemos mencionado, pese a que por regla general no se puede cobrar dos pensiones, hay casos concretos en los que se puede tener acceso a las pensiones de jubilación y viudez de forma conjunta.
Datos a tomar en cuenta
A continuación es necesario conocer los casos en los que no se puede cobrar de forma conjunta las pensiones.
Pese a que se puede cobrar ambas , existen una serie de supuestos que las hacen incompatibles.
- En el caso de que las prestaciones estén sujetas al régimen especial de la minería del carbón y superen cierto importe.
- No es posible compatibilizar las pasiones del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) con otras ventajas logradas en otros regímenes.
- Si la pensión de jubilación tiene una cuantía que alcanza los topes marcados legalmente no se podrá acceder a la de viudedad.
Igualmente se hace la salvedad, que pese a juntar todas las pensiones a las que se tenga derecho, no se podrá superar la cuantía máxima estipulada para 2021 en el Real Decreto 46/2021. Esto significa que las deja en 2.707,49 euros mensuales en 14 pagas tras la revalorización de las pensiones aprobada a principios de año.
Tenga en cuenta que esto puede o no ser aplicable a otros países.
Es preciso destacar que los requisitos para optar por las pensiones de jubilación varía de acuerdo a cada país y de acuerdo a cada ley. Es necesario revisar los requisitos de acuerdo al país que reside, mayormente se encuentran resguardados en las páginas web de seguridad social.
En términos generales solo se necesita alcanzar la edad de jubilación y haber cotizado al menos quince años, de los cuales dos deben haberse cotizado quince años antes de solicitar la prestación.