La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha acordado la admisión a trámite de los recursos presentados este mismo jueves por la presidenta de Ciudadanos, Inés Arrimadas, y otros dos ex diputados del Parlament de Cataluña contra los indultos concedidos a los condenados por el ‘procés’ independentista. En las providencias, se reclama al Ministerio de Justicia que remita los expedientes de indulto a la Sala en un «plazo improrrogable» de 20 días.
Este trámite supone la puesta en marcha de la iniciativa legal de los diputados de Ciudadanos tras comprobarse que ésta carece de defectos formales. Se trata de un trámite automático, que no adelanta ninguna decisión sobre el fondo del asunto ni sobre la legitimación para recurrir, asuntos que se resolverán más adelante.
La única consecuencia procesal de este paso es que obligará al Gobierno a entregar al alto tribunal los expedientes de indulto, ya que siempre se reclaman los documentos sobre los actos gubernativos que han sido impugnados para que puedan ser analizados.
Se ha interpuesto un recurso por cada preso por parte de Arrimadas y dos de sus compañeros de partido, el diputado José María Espejo-Saavedra y el líder de Cs de Cataluña, Carlos Carrizosa a título personal, y basan su legitimidad en que eran quienes estaban «en primera fila» –los tres eran diputados en el Parlament en 2017– cuando «a través de procedimientos ilegales se tramitaron las leyes de transitoriedad y la ley de referéndum».
Si bien lo presentado hoy es un primer trámite, un anuncio de interposición de recurso, el portavoz de la formación en el Congreso y abogado del Estado, Edmundo Bal, ya ha avanzado que en los mismos pedirán como medida cautelar que los nueves líderes independentistas condenados por el Supremo regresen a la cárcel mientras resuelve sobre sus alegaciones.
CAUTELARÍSIMAS ANTES DE LEGITIMACIÓN
Según ha explicado Bal, para que la Sala resuelva sobre esas cautelares no es necesario que decida sobre la legitimidad o no de Arrimadas, Espejo y Carrizosa para presentar recurso.
Fuentes del alto tribunal consultadas avalan esta posibilidad, pese a que el orden lógico procesal debería ser al revés, si bien añaden que con carácter general la Sala de lo Contencioso ha tenido casos en los que por razones de urgencia se han visto antes las cautelarísimas -para adoptar o para denegar la medida-.
Preguntado Edmundo Bal si estos recursos tienen más posibilidad de prosperar que los de Vox, ha indicado que la jurisprudencia actual dice que debes tener legitimación en el caso concreto, y esto se analiza por la infracción de tus derechos, por el perjuicio que te causan vinculado con el objeto que recurres.
En este sentido, ha explicado que Vox es acusación popular en el juicio del ‘procés’ «y no es ofendido por el delito, no hay ofensa de bienes personales». «Sólo los que son ofendidos, el caso de Inés, Carrizosa y Espejo, solo esas personas, y no los partidos políticos son los que tienen legitimación», ha añadido.