Dar de baja un vehículo siempre tiene que ir en sintonía con las normas de la Dirección General de Tráfico (DGT). La institución española, ha señalado cuáles son los trámites y plazos que debes cumplir para este tipo de requerimientos. Pues, a pesar de ser muy comunes, les generan dudas a las personas.
Es mejor que vayas en esa línea de conocimiento, ya que un mínimo fallo, se sabe que el organismo en materia vial no perdona con las multas. Hay cambios importantes que tienes por conocer, en aras de que cuando tengas que verte en asuntos de esta índole, sepas cómo actuar y salgas airoso de dicho trámite administrativo. Todo esto sin ser multado por una mala gestión de tu parte.
6Bajas por traslados
Otra modalidad que ha establecido la DGT viene dada por la baja de un vehículo por motivo de traslado a otro país. Para ello, el organismo regulador de la actividad vehicular en España, ha manifestado que le otorga un plazo de 3 meses para que la persona pueda concretar la salida del coche del territorio nacional.
Si se llega a cumplir ese lapso, y se posee constancia que el coche sigue estando en las carreteras españolas, este bien material será dado de alta nuevamente ante el Registro General de Vehículos perteneciente a la misma institución del Estado.
Por si fuera poco, tiene que pasar por una revisión técnica antes de que se dé la baja definitiva por el traslado a otra nación si el coche posee una antigüedad superior a cuatro años. Se incluye también si se ha visto en daños fuertes que pudieran derivar un accidente de tráfico.