Este debate lleva en boca de los ciudadanos demasiado tiempo, pero ¿qué riesgos hay con la fecha de caducidad de los productos alimenticios? ¿Qué peligros hay si te comes algo y ya ha pasado el tiempo recomendado para hacerlo? ¿Quién fija estas fechas? Estas y otras dudas quedarán hoy resueltas en QUÉ!
Cada vez que -regularmente- se produce un caso de intoxicación vuelve a abrirse el debate, los hogares se vuelven más precavidos y comienzan a prestar más atención a la fecha de caducidad de los alimentos que se consumen. Pero ¿está en cierto modo infundado este miedo? ¿Cuál es el riesgo real para nuestro organismo?
7LA FECHA DE CADUCIDAD LA FIJA EL FABRICANTE
Cabe recordar que la legislación no determina la caducidad para cada tipo de producto, sino que han de hacerlo los fabricantes mismos. Aquí especifican que la fecha de consumo preferente o de caducidad depende básicamente del producto (producto refrigerado, congelado, por ejemplo) y del tratamiento del mismo (pasteurización, esterilización, ultracongelación, o deshidratación, entre otros procesos).
En España, para poder determinar la vida útil de los productos se emplea el Reglamento 2073/200578 sobre criterios microbiológicos aplicables a los productos alimenticios. Asimismo, en la legislación española se fijan en el decreto 1334/1999 (artículo 11) los criterios a cumplir para marcar las fechas de caducidad o consumo preferente de los alimentos.