Renovar el carnet en la DGT es un engorroso trámite por el que tienen que pasar todos los conductores a lo largo de su vida. Normalmente con una foto, el dinero de las tasas, un test psicotécnico y una revisión médica valdría para tener tu licencia de conducir durante diez años más, pero existen una serie de limitaciones si sufres según qué enfermedades o trastornos que a continuación te especificaremos.
El texto del Reglamento General de Conductores especifica todas las enfermedades que pueden afectar al conductor del vehículo mientras maneja y, por tanto, a la obtención o renovación del permiso de conducir. Con estas será obligatorio presentar “un informe favorable del médico especialista para poder llevar a cabo la renovación del carnet de conducir”.
“Sin dicho informe ningún Centro de Reconocimiento de Conductores podrá realizar la tramitación”, añade la organización. Se estima que unas 26.000 personas al año ven imposibilitada su renovación del permiso de conducir por este condicionante.
2LA DGT, ATENTA A TU CORAZÓN
Las enfermedades cardíacas también se encuentran entre aquellas que inhabilitan al conductor según la DGT, dependiendo del grado de gravedad que presenten. Cabe destacar que cada patología cardíaca tiene un riesgo asociado a la hora de conducir.
– Arritmias. Una pérdida de atención o el síncope en los últimos seis meses inhabilitan para la conducción.
– Infarto agudo de miocardio. Solo podrá renovarse el carnet si han pasado al menos tres meses desde el último episodio sufrido.
– Portadores de prótesis valvulares. Sucede lo mismo que con los infartos.
– Portadores de desfibrilador automático. Mismo caso que con las prótesis y el infarto para la renovación. En casos de descargas apropiadas tendrán que pasar tres meses sin recurrencia y en casos de inapropiadas, el carnet será inhabilitado.
– Portadores de marcapasos. El médico podrá autorizar hasta tres años de permiso una vez haya pasado un mes desde la colocación del marcapasos y todo esté en orden.