El Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge este sábado una orden por la que establece la exigencia de una prueba diagnóstica de infección activa para SARS-CoV-2 con resultado negativo, realizada en las 72 horas previas a la llegada de España, para los pasajeros procedentes de Francia también por vía terrestre.
Esta orden se suma a la que establecía que los ciudadanos procedentes de Francia que viajaran por vía aérea o marítima tenían que presentar una prueba negativa, por lo que a partir de ahora todos los viajeros de Francia, entren por donde entren, tendrán que presentar esta PCR negativa para acceder a España.
De este modo, todas las personas, mayores de seis años, procedentes de zonas de riesgo de Francia que lleguen a España por vía terrestre deberán disponer de una prueba PCR (RT-PCR), una prueba TMA u otro tipo de prueba diagnóstica para SARS-CoV2 basada en técnicas moleculares equivalentes, con resultado negativo, realizada en las 72 horas previas a la llegada.