DGT: las únicas veces que dar marcha atrás no está prohibido

-

Casi cada año las normas de tráfico de la DGT van cambiando y variando. Si te acabas de sacar el carnet o es relativamente reciente, sabrás todas las normas, aunque tendrás algunas desconocidas. Sin embargo, si ya tienes tiempo con él, seguramente hay reglas que desconoces y por las que te pueden multar. Algunas de ellas tienen que ver con la marcha atrás en un vehículo. Así que aquí te vamos a refrescar la memoria para que sepas cuándo puedes ir hacia atrás en tu coche.

Como bien dice la DGT, los vehículos están concebidos para ir hacia adelante. Sin embargo, ya hoy en día todos tienen la posibilidad de poder retroceder en la marcha. Esto es de mucha ayuda para realizar ciertas maniobras. Pero por otra parte, puede ser un riesgo, ya que no tenemos la seguridad a la hora de mirar. Por eso, la DGT está serie en ese sentido y la marcha atrás está solo permitida en ciertos casos concretos. Te vamos a ilustrar aquí sobre esos casos. Si te saltas las normas en este sentido, puede caerte una multa grave que conlleve incluso pena de cárcel. Coge lápiz y papel y aplícalas cuando estés en el coche.

5
Siempre usar la regla RSM de la DGT

Esta regla recomendada por la DGT es de las que hay que seguir a rajatabla para evitar peligros y accidentes. Es la regla llamada RSM por las iniciales de las palabras que la componen: Retrovisor, Señalización y Maniobrar.

Primero para poder empezar a hacer la maniobra de marcha atrás hay que mirar el retrovisor. Esto hay que hacerlo las veces que haga falta. Nunca hay que fiarse, porque en un segundo se puede poner un obstáculo delante.

Luego hay que señalizar. La maniobra debe señalizarse debidamente. Tenemos que tener en cuenta que los demás conductores no tienen por qué adivinar nuestras intenciones. También con la luz blanca de marcha atrás se entiende que se va a retroceder. Y finalmente cuando nos hayamos cerciorado de que no hay peligros y hayamos señalizado la maniobra, podremos realizarla y maniobrar.

Siguiente