DGT: las únicas veces que dar marcha atrás no está prohibido

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Casi cada año las normas de tráfico de la DGT van cambiando y variando. Si te acabas de sacar el carnet o es relativamente reciente, sabrás todas las normas, aunque tendrás algunas desconocidas. Sin embargo, si ya tienes tiempo con él, seguramente hay reglas que desconoces y por las que te pueden multar. Algunas de ellas tienen que ver con la marcha atrás en un vehículo. Así que aquí te vamos a refrescar la memoria para que sepas cuándo puedes ir hacia atrás en tu coche.

Como bien dice la DGT, los vehículos están concebidos para ir hacia adelante. Sin embargo, ya hoy en día todos tienen la posibilidad de poder retroceder en la marcha. Esto es de mucha ayuda para realizar ciertas maniobras. Pero por otra parte, puede ser un riesgo, ya que no tenemos la seguridad a la hora de mirar. Por eso, la DGT está serie en ese sentido y la marcha atrás está solo permitida en ciertos casos concretos. Te vamos a ilustrar aquí sobre esos casos. Si te saltas las normas en este sentido, puede caerte una multa grave que conlleve incluso pena de cárcel. Coge lápiz y papel y aplícalas cuando estés en el coche.

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Siempre con precaución

Aunque tengamos la posibilidad de dar marcha atrás con nuestro vehículo, siempre hay que guiarse por el sentido común. La DGT nos dice que dar marcha atrás es algo que es peligroso en todas las situaciones.

Podemos poner en peligro a los demás usuarios de la vía y a los viandantes si no miramos bien antes de empezar la maniobra. Es por eso que la DGT nos exige realizar las maniobras siempre con mucha precaución.

No se debe realizar de forma rápida. Eso puede hacer que perdamos el control del vehículo. Siempre tendremos que visualizar el entorno para poder retroceder. Y siempre hay que cerciorarnos de que el coche tiene las señales lumínicas en perfecto estado para señalizar la maniobra.