Las personas con discapacidad son aquellas que tienen una condición , deficiencia o limitaciones de actividad. Es decir que no pueden cumplir con ciertas actividades como podría realizar cualquier otro ser humano.
Se estima que las personas con discapacidad superan los 1.000 millones de habitantes, es decir, alrededor del 15% de la población mundial. Por ello, para compensar las dificultades que tienen que afrontar, existen mecanismos como el certificado de minusvalía, que ofrece beneficios y ventajas sociales.
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Este certificado tiende a estar disponible en los diferentes países, sin embargo las leyes y beneficios se ajustan de acuerdo a cada gobierno.
La discapacidad, desde el punto de vista administrativo, es un mecanismo de protección pública que tiene como objetivo apoyar a la persona. Esto a través de diferentes beneficios y ventajas sociales.
Toda persona que tenga limitaciones y restricciones puede acceder a la discapacidad. Pues es precisamente esta la que acredita la condición legal de persona con minusvalía , a la que se concede un grado de discapacidad concreto.
¿Cómo tramitar una discapacidad?
En caso de buscar empleo, es necesario saber que las empresas obtienen beneficios por la contratación de personas con certificado de minusvalía.
Además, existe una normativa legal, Ley General de los Derechos de las Personas con discapacidad y su inclusión social (LGD), que exige a las empresas de más de 50 trabajadores la obligatoriedad de incorporar un porcentaje de empleados con discapacidad no inferior al 2%.
El incumplimiento de esta ley es objeto de sanción por parte de los organismos públicos.
¿Quién puede acceder a ella?
Cada país cuenta con requisitos especiales para poder tramitar dicho certificado, es necesario revisar las páginas oficiales. En tal caso visitar las oficinas de ayuntamientos para solicitar información al respecto.
En España, para solicitar el reconocimiento de discapacidad inicial y la adquisición se necesita:
- Ser español o extranjero residente legalmente en España y estar empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad de Madrid.
- Padecer una discapacidad física, mental, intelectual o sensorial.
Para solicitar la revisión:
- Tener reconocido el grado de discapacidad.
Para solicitar la certificación del grado de discapacidad reconocido:
- Tener reconocido el grado de discapacidad.
- Caso de estar reconocido en otra Comunidad Autónoma, requisito previo solicitar traslado del expediente a esta Comunidad.
La solicitud de la certificación del grado de minusvalía puede realizarse de forma presencial en los puntos indicados para el trámite presencial y a través de Internet mediante el Servicio de Respuesta Inmediata SERI.
¿Cuáles son los requisitos a presentar?
En cuanto a los requisitos que se requieren son:
- La solicitud.
- Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que el interesado expresamente lo desautorice, así como los que deberán aportarse.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesado se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”
Tramitación
- Presentación de la solicitud junto con la documentación indicada en el apartado anterior.
- Si del examen de la documentación se deduce que la misma es defectuosa o incompleta se notificará al interesado para que en el plazo de 10 días aporte la documentación necesaria y subsane los defectos observados, haciéndole saber que si no es así, su solicitud se archivará sin más trámite.
- Citación, cuando así proceda, para reconocimiento médico y/o psicológico y social en el Centro Base.
Posteriormente y tras la oportuna valoración del expediente, se elabora un Dictamen Técnico Facultativo y se emite la Resolución correspondiente por la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad que se notifica al interesado o a su representante legal, acompañada de la tarjeta acreditativa del Grado de Discapacidad cuando supere el 33%.
¿Cómo presentarlos?
Hay dos formas de presentar la minusvalía:
- Presentación por Internet
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, se deberá disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones.
Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de «consulta de expedientes», desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
- Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro
También puede presentar su solicitud en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid.
En la Administración General del Estado de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Cualquier duda extra consulte las páginas oficiales o diríjase a las oficinas gubernamentales.