Se le considera un decreto al acto reglamentario que proviene de la decisión de una autoridad en una materia de su competencia que, en otras palabras, se trata de una decisión, disposición o mandamiento proveniente de un poder constituido, que debe acatarse dentro de los términos en que las leyes contenidas en la Constitución Nacional lo establezcan. Un ejemplo son los decretos de ayudas a hosteleros.
Era un término usual en las sociedades feudales o aristocráticas, donde la palabra del monarca tenía rango de ley, con un decreto real para desempeñar ciertos oficios o adueñarse de ciertos bienes en la América colonial, cuando era controlada política y económicamente desde Europa.
Diferencias entre el decreto y la ley
Normalmente los decretos suelen provenir del poder ejecutivo que, a diferencia que las leyes son fruto de la legislación. Los decretos nacen de cierto sentido de la necesidad y urgencia, mientras que las segundas del consenso y el debate y si bien existen decretos que poseen carácter de ley (Decretos-Ley), en general ningún decreto puede contravenir las leyes constitucionales, o al menos no sin antes haber sido otorgado algún tipo de poder especial al ejecutivo por parte del legislativo, siendo ello avalado por el poder judicial.
Por lo tanto para que un decreto adquiera el rango de ley y su cumplimiento sea obligatorio, deberá ser ratificado por el legislativo, y que este poder es el encargado de la administración de las leyes de una nación. De esa manera en verano se publicarán los decretos del plan de recuperación para la agricultura.
Tipos de decretos
En su mayoría están diseñados para proteger los intereses de los países cuando se enfrentan a diversas situaciones como los estados de emergencia o en los casos en que se necesita un reglamento con carácter de urgencia y no hay tiempo para realizar un proceso que implica su autorización. La elaboración y acción de un decreto depende de la legislación de cada país.
Decreto ley
Es un decreto emitido directamente por el poder ejecutivo, tiene rango de ley y para su aprobación no se necesita la autorización del congreso. Este tipo de decretos se crean en situaciones de emergencia, en las que no hay tiempo para obtener la validación del poder legislativo. También se emiten en casos en los que existe un gobierno de facto.
Real decreto
Un real decreto, por su parte, es una norma jurídica que emana del Gobierno Central y recibe la denominación «real» porque el Rey, como Jefe de Estado, los expide tal y como establece el artículo 62 f) de la Constitución Española, un real decreto no tiene carácter de ley, sino que se trata de una norma de rango reglamentario.
Desde el principio les explicábamos que tanto los decretos como los reales decretos no pueden ser considerados leyes. Su rango normativo es el de reglamento. Sin embargo existen excepciones.
Rango jerárquico de un decreto real
En cualquier caso, el real decreto se sitúa en el orden de prelación de las normas jurídicas después de las normas con rango de Ley y antes de la Orden Ministerial con la principal diferencia que emana del poder ejecutivo y no del poder legislativo. Su diferencia con la segunda es que el real decreto precisa para su adopción de la aprobación del Consejo de Ministros exclusivamente, mientras que la orden ministerial puede establecerse por parte de un solo ministro.
Tanto los reales decretos como las órdenes ministeriales integran la potestad reglamentaria de la Administración pública. Los reglamentos, en virtud del principio de jerarquía normativa, no pueden contradecir lo dispuesto en las leyes y la Constitución prohíbe que regulen una serie de materias que reserva a la ley.
¿Cómo entra en vigencia un decreto?
Un real decreto es firmado por el rey y refrendado por el presidente del Gobierno o por los ministros competentes. Luego tenemos El real decreto legislativo que es un decreto legislativo propio de países con monarquía parlamentaria como España, es una norma jurídica con rango de ley, que emana del poder ejecutivo central, en virtud de delegación expresa efectuada por el poder legislativo (Cortes Generales) a través de una ley de bases. Este tipo de norma se encuentra regulada en la Constitución española de 1978, en los artículos 82 a 85, refiriéndose a ellos como «decretos legislativos».
Las Cortes Generales deciden delegar en el Gobierno la potestad legislativa. Las Cortes habilitan de manera expresa una ley delegatoria con el motivo de dar permiso al Gobierno para modificar una situación. Esta delegación será de obligatorio cumplimiento. Ha de referirse a una materia concreta y delimitarse bien el alcance, así como los criterios inspiradores. El Consejo de Ministros aprueba el decreto legislativo. Se prohíbe la delegación en materia propia de ley orgánica.
El poder ejecutivo debe ceñirse al ámbito de la delegación. Por ello, si se le ha solicitado redactar un texto refundido de normas legales, sería ilegal y nulo que el Ejecutivo cambiase la regulación de fondo existente.
El real decreto ley y su importancia
Teniendo también al real decreto ley, que se define como una norma jurídica con rango de ley que emana del poder ejecutivo y es dictada en caso de extraordinaria y urgente necesidad el cual requiere de posterior convalidación o ratificación de parte del poder legislativo, habitualmente en un plazo breve de treinta días. En los países cuya forma política es la república o para las normas similares de las comunidades autónomas españolas existe, en muchos casos, una norma análoga, llamada decreto ley.
Es importante resaltar que en el caso español, la norma en sí no es ratificada por el Congreso de los Diputados. En realidad, el Congreso se limita a ratificar la situación de urgencia que ha llevado a la promulgación de la norma. El resultado final es el mismo, pero la tramitación es mucho más rápida y se evitan debates parlamentarios.
Aseguran que el real decreto ley no será utilizado abusivamente por parte del Gobierno y deberá ser debatido por el Congreso de los Diputados (Parlamento español) en el plazo de treinta días desde su promulgación, para convalidarlo o derogarlo (aunque habrá un número muy limitado de días en los que el decreto ley esté vigente todavía sin aprobación parlamentaria). El Congreso solo podrá afirmarlo o negarlo, pero no modificarlo, ni tampoco ignorarlo.
En la práctica, el real decreto ley se ha asentado no ya como un recurso de urgencia, sino como una vía mediante la cual el Ejecutivo incorpora leyes al ordenamiento, ahorrándose el tiempo que dura la aprobación de una ley. Se supone que si las Cortes han elegido al Ejecutivo, los reales decretos leyes de este serán aprobados.