Qué es un aval bancario

Se dice que un aval bancario es una operación de garantía por la que el banco (avalista), se compromete a responder del cumplimiento de una obligación del avalado.

Normalmente este es un cliente de la entidad ante un tercero (beneficiario), en caso de que el avalado no lo haga.

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Mayormente las obligaciones garantizadas consisten en el pago de una determinada cantidad de dinero, que pueden emitirse avales en garantía de otras obligaciones. Es decir orientadas al fin de una obra, suministro de un material, participación en concursos y licitaciones.

Para las entidades bancarias, un aval bancario supone un riesgo, como un préstamo.

Solo que la diferencia es que el aval no supone un desembolso inmediato de dinero por parte del banco a favor del beneficiario del aval. Sin embargo, sí puede suponerlo en un futuro, si dicho beneficiario lo ejecuta, es decir, reclama el cumplimiento.

Por lo tanto cuando llegue el momento, el banco quien ha cumplido ante el beneficiario del aval, requerirá al cliente que le reintegre dicha cantidad.

Por su parte, el banco se compromete a cumplir, si el cliente quien es el avalado no lo hace tras la obligación que contrae frente al beneficiario. El pago de la obligación que se garantiza puede ser o no de carácter financiero.

Para el cliente (avalado), disponer de un documento de aval le permite cumplir con las exigencias del beneficiario. Es decir que son derivadas de una relación comercial (contrato de compraventa de bienes, ejecución o licitación de obras).

Tipos de aval bancario

Tipos De Aval Bancario

Se dice que para la entrega de un aval por parte del banco es necesario que el cliente (avalado) formalice ante notario una Póliza de Cobertura de Garantía Bancaria. O también una Póliza de Cobertura para Límite de Garantías Bancarias si se van a formalizar varios avales.

Allí se regulan las relaciones entre el banco y el avalado derivadas de la garantía bancaria prestada (pago de las comisiones, intereses y gastos estipulados, reembolso de las cantidades que el Banco haya pagado como consecuencia de la garantía, etc.)

Ahora bien, en cuanto a los tipos de avales que se ofrece se encuentran:

  • Financieros. Que son todos aquellos en el que el banco se compromete al pago de una determinada cantidad en caso de que el avalado no lo haga.
  • Técnicos. Se refiere a aquellos donde el banco responde en caso de incumplimiento de compromisos distintos de una obligación de pago, que tiene su avalado.

Generalmente dichas obligaciones son ante organismos públicos o ante administraciones, pero también puede ser ante otros terceros. El banco responde del incumplimiento de los compromisos que el avalado tuviera frente a dichos terceros.

Como contrapartida, el banco recibe unas determinadas comisiones en función del plazo, el tipo y el riesgo del aval.

Los avales pueden ser definidos o indefinidos. La duración es uno de los aspectos más importantes del aval bancario  ya que delimita la validez temporal de la garantía otorgada por el banco.

Los avales más frecuentes son los avales bancarios exigidos en el caso de alquileres de vivienda.

También existe la figura de los preavales por los que el banco contrae el compromiso de otorgar aval definitivo a la persona o entidad que lo solicite y a favor del beneficiario de la garantía, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en dicho compromiso, que no dependerán, en ningún caso, de la voluntad del banco.

¿Cuáles son las condiciones para solicitar un aval bancario?

¿Cuáles Son Las Condiciones Para Solicitar Un Aval Bancario?

Entre las condiciones que se exigen para solicitar un aval bancario, conviene destacar que la entidad exigirá el ingreso de la cantidad avalada, así como su depósito en una cuenta inmovilizada. 

Otra aspecto es el pago de una serie de comisiones. Comisiones que dependerán del valor del aval bancario, el plazo, así como otra serie de factores.

Además, también incluirá las comisiones correspondientes por el estudio, la apertura y el riesgo que conlleva dicha operación.

Por último, otra de las solicitudes que hace la entidad es conocer a la persona a la que se le garantiza el aval. Es decir, la persona a la que va destinado el pago, en caso de que el cliente incumpla con sus obligaciones. De esta forma, conociendo el acreedor que acudirá a ejecutar su derecho de cobro.

Es preciso aclarar que estas condiciones varían dependiendo del país, la entidad, así como otros aspectos como lo es la regulación.

Precios

Los bancos cobran por prestar avales, ya que la operación supone un riesgo en caso de incumplimiento.

  • Comisiones. Incluyen la apertura de aval, el estudio y la intervención ante notario, al menos. La principal es la comisión por riesgo. En conjunto pueden suponer alrededor de un 1,5% del valor de la garantía.
  • Gastos. Representan conceptos relacionados con la operación pero ajenos a la operativa del banco, como la formalización de la escritura pública.

El precio del aval depende del riesgo asumido.