El comisario jubilado y en prisión provisional ha solicitado a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional poder acceder a toda la documentación que el juez instructor Manuel García Castellón ha ordenado retirar de la investigación sobre denominada ‘operación Kitchen’, enmarcada en la pieza 7 del caso ‘Tándem’.
El abogado Antonio García Cabrera ha recurrido el auto dictado por el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6, Manuel García Castellón, el pasado 20 de enero en el que ordenó el expurgo de varios «archivos y documentos especialmente sensibles» que fueron incautados a Villarejo al entender que pueden afectar a «secretos de Estado».
Se retiraron de la causa varias denuncias interpuestas en sede policial y judicial, recopilación de informaciones sobre terrorismo yihadista, archivos de audios, así como documentación relativa a una investigación efectuada por Cenyt, la empresa Villarejo, en relación al patrimonio personal y familiar del comisario, también jubilado, Marcelino Martín-Blas.
Una decisión que se adoptó después de que la Fiscalía Anticorrupción advirtiera de que, entre esta documentación aportada por la Unidad de Asuntos Internos (UAI) de la Policía Nacional en relación al informe de 2020 sobre la conexión de Martín-Blas con el espionaje al extesorero del PP Luis Bárcenas, se observan documentos que «por su formato o contenido tendrían clasificación legal de secreto».
DESCLASIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS SOBRE ‘KITCHEN’
En su recurso, el abogado de Villarejo muestra su oposición a esta decisión y recuerda que el acuerdo del Consejo de Ministros es «muy claro y no deja lugar a la duda» de que se desclasificó como secreto «cualquier información sobre los objetivos, aprobación, ejecución, reporte, supervisión y control, etc» en relación con el operativo de la Policía Nacional denominado ‘Kitchen’, así como las «identidades de todas las personas que hayan participado en él, con indicación de sus tareas y responsabilidades».
Destaca que también se desclasificó «toda la documentación generada u obtenida durante su desarrollo (oficios, informes, notas de servicio y cualquier otra incautada o recibida, en cualquier soporte y por cualquier vía».
Por tanto, la defensa de Villarejo entiende que la documentación no puede ser excluida del procedimiento si se tiene en cuenta tanto este acuerdo del Consejo de Ministros, como el auto por el que el pasado 7 de septiembre se levantó el secreto de sumario, que afirmaba que el objetivo de la investigación es el «operativo parapolicial del que serían responsable órganos superiores y/o directivos de la Administración General del Estado».
En este sentido, el abogado García Cabrera hace hincapié en que entre los archivos excluidos «parece sugerirse que existen indicios documentales» que podrían vincular la intervención del que fuera jefe de Asuntos Internos Marcelino Martín-Blas en el espionaje a Bárcenas o al Centro Nacional de Inteligencia (CNI).
Así, subraya que parte de la defensa de Villarejo –que recientemente ha ganado su primera batalla judicial, después de que el Juzgado de lo Penal número 8 de Madrid le haya absuelto de los delitos de injurias y denuncia falsa contra el exdirector del CNI Félix Sanz Roldán– se centra en «demostrar» que Martín-Blas «informaba de sus actividades policiales al CNI, sin el conocimiento de sus superiores, pudiendo prestarle apoyo» y que por ello le denunció tanto en sede policial como judicial.
Asimismo, afirma que algunos de los investigados en esta causa, refiriéndose al ex director adjunto operativo (DAO) Eugenio Pino; el ex jefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO) Enrique García Castaño y el ex secretario de Seguridad Francisco Martínez, «vinieron, cuando menos, a sugerir en sus declaraciones, la intervención del Centro Nacional de Inteligencia en el operativo que es investigado».
Por todo ello, el abogado de Villarejo considera que al no darle la oportunidad de pronunciarse sobre dicha documentación antes de su expurgo, se está vulnerando el derecho a la tutela judicial efectiva y el derecho de defensa, por lo que pide que se revoque dicho auto.
Además, solicita «acceder sin limitaciones al material documental intervenido con la obligación de respetar el derecho a la intimidad de terceros; pudiendo obtener copia de la totalidad de ese material que le fue intervenido, incluso para la realización de las correspondientes pericias sobre su autenticidad, integridad y completitud, al ser la primera, principal y prácticamente única fuente de prueba de cargo».
ELIMINAR MATERIAL «A ESPALDAS» DEL INVESTIGADO
El abogado Antonio García Cabrera recuerda que ya interpuso dos recursos de apelación contra dos autos de febrero de 2019 –reprochando al instructor que aún no los ha elevado a la Sala–, en los que se argumentaba que se estaba vulnerando estos mismos derechos y que no se puede «eliminar a espaldas del investigado ningún material intervenido».
«Si el mismo sirve para su imputación, cada vez más desmesurada e incontrolable sin que nadie se atreva a ponerle límites, también habrá de servir a su defensa», pues esa documental es la que «acredita, en su mayor parte, su actuación como policía en funciones de agente encubierto recabando información para la prevención y la investigación de delitos graves que tenía encomendada», alegó en dichos recursos que ahora recupera.
Por último, subraya que «no consta en la causa que dichos documentos, la mayoría elaborados y obtenidos por el propio investigado, sean secretos de Estado o información reservada ni tampoco su acuerdo expreso de clasificación», por lo que afirma que su conocimiento y la posibilidad de realizar alegaciones en una causa penal que se sigue contra él «no le puede quedar completamente vedada».
Agrega que ni el juez instructor ni la Policía Nacional puede «clasificar o declarar secreto» una documentación, ya que ello «sólo el Consejo de Ministros o la Junta de Estado Mayor puede hacerlo» y que precisamente en este caso consta «la más amplia desclasificación, también del material intervenido».