La asamblea de Madrid es el parlamento y una de las tres instituciones de autogobierno de la referida comunidad de Madrid, en compañía del presidente de la comunidad y el gobierno. Es decir, la asamblea constituye el poder legislativo específicamente de Madrid.
Esta asamblea, es una de las diecinueve cámaras legislativas existentes en España y una de las 17 asambleas legislativas autónomas.
La asamblea de Madrid es una institución que representa a los ciudadanos habitantes de la mencionada comunidad, aprueba leyes, presupuesto y controla la acción del Gobierno. Es elegida cada cuatro años por dichos residentes en las elecciones parlamentarias a través del voto universal, libre y secreto.
Se dice que es la segunda asamblea autonómica más numerosa luego del parlamento de Cataluña y una de las cámaras españolas con mayor actividad.
Con respecto al número de diputados que la conforman, se dice que es variable. Se determina la cifra para cada legislatura de acuerdo a la ley de la comunidad y el país; un diputado por cada 50 mil habitantes o fracción superior a 25 mil.
¿Cuáles son los órganos que componen la asamblea de Madrid?
Los órganos que componen al parlamento de la referida comunidad son dos:
- Órganos Rectores
Son aquellos cuya principal función consiste en dirigir los trabajos generales y la dinámica de la cámara. En los períodos entre sesiones y en los de expiración o caducidad del mandato o de disolución anticipada la mesa de la diputación permanente.
Ser incluye en esta lista presidencia, mesa y junta de portavoces.
- Órganos Funcionales
Todos aquellos a través de los cuales se conforma la voluntad de la asamblea. Dentro de los órganos funcionales, la diputación permanente, es el órgano de particular naturaleza que asegura la permanencia de la cámara.
A la diputación permanente le corresponde el cumplimiento de algunas de las competencias asignadas al pleno de la asamblea. Se incluye en esta lista a diputación permanente, pleno y comisiones.
¿Cuáles son las funciones de la asamblea de Madrid?
Parte de las funciones de dicho parlamento son:
Función legislativa. Aquella que de acuerdo a lo emanado por las respectivas leyes puede aprobar las iniciativas:
- Proyectos de Ley (PL) cuando la autoría corresponde al Gobierno.
- Proposiciones de Ley (PROPL) cuando la iniciativa proviene de: los diputados , grupos parlamentarios con la sola firma de su portavoz. Los Ayuntamientos de la comunidad y los ciudadanos.
La asamblea tiene la potestad legislativa en las materias sobre las que la comunidad tiene competencia exclusiva. Además, ejerce la potestad legislativa en las materias previstas, así como en aquellas que se le atribuyen, transfieran o deleguen en virtud de lo dispuesto en los artículos correspondientes de la constitución de España.
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Función de control. La asamblea de Madrid controla la acción del gobierno de la comunidad y de su presidente, responsables políticamente ante el parlamento. De acuerdo al reglamento que la rige, la asamblea puede obtener información, peticiones de información, preguntas escritas u orales, etc.).
También ejercer el control ordinario (preguntas, interpelaciones, comparecencias, control sobre decretos legislativos) y extraordinario (mociones de censura) sobre el presidente y su gobierno. Asimismo, puede ejercer control sobre la administración de la comunidad con independencia de que directamente dependa del gobierno.
Función económica. El parlamento de la comunidad puede aprobar y controlar los presupuestos generales de la comunidad de Madrid, además puede aprobar los siguientes términos:
- Aprobar y controlar los presupuestos de la comunidad y el examen y aprobación de sus cuentas.
- Control de los planes económicos.
- Tomar la decisión o acuerdo sobre ciertas operaciones de crédito y deuda pública.
- Puede establecer y exigir tributos.
- Aprobar planes generales de fomento relativos al desarrollo económico de la comunidad de Madrid.
- Aprobar ciertas operaciones de modificación presupuestaria o de carácter patrimonial.
Dirección política
Por otra parte, la asamblea de Madrid también puede:
- Eligir entre sus miembros al presidente de la comunidad de Madrid.
- Aprobar las resoluciones de carácter no legislativo derivadas de proposiciones no de ley, mociones, interpelaciones, debates monográficos, debates de orientación política general, comunicaciones del gobierno, planes del Gobierno o programas del Gobierno.
- Designar ciertos cargos de especial relevancia para la comunidad tales como: senadores y miembros de diversos órganos de la administración institucional.
Competencias extras de la asamblea
Entre sus competencias, la asamblea de Madrid le corresponde la ordenación básica de los órganos y servicios de la comunidad.
- Control de los medios de comunicación social dependientes de la Comunidad.
- La solicitud al gobierno de la nación de la adopción de proyectos de ley y la remisión a la mesa del congreso de los diputados de proposiciones de ley.
- La recepción de la información que facilite el gobierno de la nación sobre tratados y convenios internacionales y proyectos de normativa aduanera en cuanto se refirieran a materias de específico interés para la comunidad de Madrid.
- La fijación de las previsiones de índole política, social y económica que haya de suministrar la comunidad al gobierno para la elaboración de proyecto de planificación.