El darse de alta como autónomo genera tener menos cargas administrativas que en otros negocios, para iniciar tu actividad económica solo debes cumplir ciertos requisitos, tanto en la Seguridad Social, como en la Agencia Tributaria.
Debes tener en cuenta que, aunque no tengas trabajadores a tu cargo, es indispensable, disponer de un Libro de Visitas para los inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
Debes darte de alta como autónomo en la Seguridad Social, para ello debes presentar la planilla TA0521, bien sea en forma presencial en alguna de las administraciones de la Seguridad Social, o también puedes realizarlo en forma telefónica, teniendo un plazo de sesenta días para iniciar tu actividad.
Realizando lo anterior te darás de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Al presentar la planilla TA0521, debes acompañarlo de los siguientes requisitos:
- DNI, tarjeta de extranjero o pasaporte.
- Tarjeta de la Seguridad Social.
- Permiso de trabajo para trabajadores de nacionalidad extranjera.
- Copia u original de tu alta en Hacienda.
Al momento del alta, debes seleccionar la base de cotización, y las coberturas por las que cotizas. Aunque por ley desde el año 2019, es obligatorio cotizar por:
- Contingencias comunes.
- Contingencias profesionales.
- Cese de Actividad.
- Medidas de formación, orientación profesional y promoción de la actividad emprendedora.
Alta de autónomo en la Seguridad Social: Sede Electrónica
Para esta opción, debes ingresar en la página web de la Seguridad Social, los trámites que tienes que realizar son los mismos, solo que esta vez, se llenarán de forma virtual. Para tener acceso se necesita uno de los siguientes documentos;
- Un certificado electrónico.
- A través de la opción Cl@ve.
- NIF electrónico.
Adquirir el certificado de alta de autónomo:
Éste se puede adquirir de dos maneras:
- Previa cita en la delegación provincial que te quede más cerca a tu domicilio.
- Ingresando a la Sede Electrónica de la Seguridad Social, en el apartado Informes y certificados.
Darte de alta como autónomo en Hacienda
Realizado los tramites anteriores, ahora con la planilla 036 debes darte de alta en Hacienda, la cual es la Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores) o el modelo 037, el cual es igual a la anterior pero en forma simplificada.
Los requisitos exigidos por cualquiera de los dos modelos son:
- Datos personales.
- Especificar los detalles de la actividad comercial.
- Tu dirección fiscal.
- Obligaciones tributarias.
- Para los profesionales en régimen es deben utilizar el modelo 036
- De IVA especiales, en este caso puedes presentar directamente el modelo 037.
Al realizar los trámites del alta en la delegación de Hacienda correspondiente a tu municipio, igualmente estarás dándote de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), por lo que, con seguridad, estarás libre de pagar este impuesto, puesto que, se requiere percibir un promedio de un millón de euros anuales, para no estarlo.
Darte de alta en el Ayuntamiento para la licencia de apertura
Primeramente, debes tramitar la licencia en el Ayuntamiento, para abrir el local o establecimiento para realizar tu actividad económica.
El coste para la licencia de apertura, se calcula según tus cuentas de facturas, a saber:
- Relevancia comercial de la calle.
- Tamaño del local.
- tipo de actividad.
Darte de alta en el organismo de Trabajo
Si tienes una plantilla de trabajadores, debes comunicar al organismo encargado de tu Comunidad Autónoma, la apertura de un centro de trabajo, recuerda darlos de alta en la Seguridad Social.
Ten en cuenta que, aunque no tengas trabajadores a tu cargo, es requisito indispensable disponerde un Libro de Visitas disponibles para los inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
Este libro también lo puedes obtener de forma virtual, en la aplicación del libro de visitas electrónico.
Alta de autónomo online
Cualquier persona empleando la Sede Electrónica de la Seguridad Social y de la Agencia Tributaria, puede cursar el alta de forma telefónica.
Requisitos para darse de alta como autónomo
La Ley no exige requisitos especiales para darse de alta de autónomo en España, lo único que se debe hacer es residir en el país, para poder emprender una actividad por cuenta propia. De acuerdo a la Seguridad Social, se entiende por autónomo, lo siguiente:
- Aquel trabajador que realiza una actividad económica a título lucrativo.
- Realiza la actividad de manera habitual, personal y directa.
- No está sujeto a un contrato de trabajo.
Además, el autónomo no puede depender de una empresa, ni estar subordinado a ella, esto quiere decir, que debe organizar su actividad con sus propios medios, en caso contrario, se hablaría de un falso autónomo.
Darse de alta como autónomo por días
A partir de la reforma realizada en el 2017, a los autónomos se les permite darse de alta y cotizar únicamente los días de alta del primer mes, igualmente ocurre con la baja; pues solo cotizan los días de alta en el último mes.
La frecuencia con la que se pueden dar de altas y bajas los autónomos, son tres veces al año. Permitiendo esta situación, flexibilidad para aquellos que facturan trabajos esporádicos.
Cuánto cuesta darse de alta
Aunque el alta como tal, no tiene costo, tanto en la Seguridad Social como en la Agencia Tributaria, se debe tener en cuenta que al darse de alta deberá:
- Pagar la cuota de autónomo a la Seguridad Social.
- Cumplir sus obligaciones fiscales, algunas de ellas derivadas de su facturación.