El titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 1 de Cataluña ha desestimado este martes la petición de Fiscalía para dar efectos suspensivos a su recurso contra el tercer grado de la exconsellera Dolors Bassa y la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, que mantendrán la semilibertad hasta que el Tribunal Supremo (TS) resuelva el asunto.
En dos autos consultados, el magistrado rechaza la petición del fiscal -quería suspender cautelarmente el tercer grado hasta que el TS resuelva el asunto-, y recuerda que el tercer grado no ha sido suspendido hasta ahora para ninguna de las dos.
La Fiscalía de Vigilancia Penitenciaria presentó el lunes un recurso de apelación ante el Supremo para tumbar el tercer grado de Forcadell y Bassa, y el tribunal que las sentenció podrá tomar la última decisión sobre la clasificación penitenciaria de ambas.
Al justificar por qué rechaza la suspensión cautelar de la semilibertad, el juez recuerda que el auto del martes pasado en el que desestimó un primer recurso del fiscal permite a las partes recurrir la decisión, «lo que implica la no ejecutividad del citado auto» hasta que sea firme.
Por eso, argumenta que «cabe entender que la situación de grado queda al igual que anteriormente a la citada resolución, en tanto en cuanto no ha sido objeto de revocación», es decir, ambas mantienen la semilibertad porque ninguna decisión judicial la ha tumbado hasta ahora.
Así, aunque se suspenda la resolución del juez que avaló el tercer grado concedido por las juntas de tratamiento, ambas mantienen la semilibertad: «Encontrándose desde el inicio de la tramitación la penada en situación de tercer grado, debe entenderse que prosigue en tal situación en virtud de acuerdo administrativo de inmediata ejecución, que no ha sido revocado, en tanto el auto objeto de recurso no ha creado tal realidad de grado sino que la ha ratificado».
ARGUMENTOS
En los recursos presentados por el fiscal, ha sostenido que el tercer grado es incompatible con la condena a Bassa y Forcadell, que a su parecer debe ser «un medio de utilidad social y de intimidación al delincuente», y ha considerado que la semilibertad dejaría impune el delito por el que fueron condenadas.
Además, señalado que no han cumplido una cuarta parte de sus condenas por sedición, la Fiscalía considera que no hay «auténtica asunción delictiva», porque Forcadell y Bassa reconocieron los hechos por los que fueron condenadas, pero no el delito por el que se las condenó, y tampoco se han sometido a ningún programa penitenciario de tratamiento específico para condenados por sedición.
En cambio, el juez destacó al ratificar el tercer grado de ambas que habían reconocido los hechos y afirmado ser conscientes de la consecuencias de sus actos, y sobre Bassa afirmó que «sin renunciar a la ideología, materia no punible obviamente, exhibe recursos adecuados para abordar alternativas diferentes a los hechos de sentencia».
El fiscal sostiene que el tercer grado implicaría un «vaciado del contenido de la pena», mientras que el juez señaló en su auto que el tercer grado no es un indulto atenuado sino una modalidad de cumplimiento de la condena.