Euskadi afronta desde este viernes las nuevas restricciones decretadas por el Gobierno Vasco para contener la propagación de la pandemia del coronavirus, como la limitación de los encuentros sociales a un máximo de seis personas o de la movilidad en 25 municipios, los más afectados por la Covid-19.
Las nuevas medidas están recogidas en dos órdenes de la consejera de Salud, Gotzone Sagardui, que se han publicado hoy mismo en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV). Una de ellas contiene «medidas especiales» para 25 localidades (20 en Gipuzkoa y cinco en Bizkaia) de más de 5.000 habitantes y con una incidencia acumulada del coronavirus de más de 500 contagios en los últimos 14 días.
Para estos municipios, que se encuentran en una situación epidemiológica «severa», es decir en ‘zona roja’, el Gobierno Vasco establece como ‘recomendación general’ la restricción de las entradas y salidas del término municipal, salvo por razones sanitarias, de trabajo o de fuerza mayor.
Las localidades afectadas son Abadiño, Durango, Elorrio, Ermua, Lekeitio, Andoain, Astigarraga, Azkoitia, Azpeitia, Beasain, Deba, Eibar, Elgoibar, Hernani, Lazkao, Legazpi, Lezo, Oñati, Ordizia, Pasaia, Tolosa, Urnieta, Urretxu, Zumaia y Zumarraga.
Entre las recomendaciones generales, se establece que no se salga ni entre en estos municipios, excepto para desplazamientos que se produzcan por asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios, así como los desplazamientos por motivos laborales, estudios, por retorno al lugar de residencia habitual, por asistencia y cuidado a dependientes o por causa de fuerza mayor.
También se limitan los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable, y se cancela o pospone cualquier actividad familiar o social que no sea imprescindible y pueda postergarse. En la medida de lo posible, se restringirán los encuentros sociales en espacios interiores al grupo de convivencia estable, y se realizarán las actividades de interacción social en espacios abiertos y bien ventilados.
La orden establece la suspensión de cualquier tipo de actividad deportiva en grupo, salvo en las competiciones deportivas oficiales en curso. Solo se podrá practicar deporte de manera individual. También se prohíbe la utilización, salvo para el tránsito de personas, de parques infantiles, parques públicos y plazas, entre las 21.00 y las 06.00 horas.
Asimismo, recoge la prohibición de la venta de alcohol en establecimientos comerciales durante la franja horaria comprendida entre las 21.00 y las 08.00 horas.
Los establecimientos comerciales, con la excepción de los establecimientos de alimentación, las farmacias y las estaciones de servicio de distribución al por menor de carburantes y combustibles, deberán cerrar a las 21.00 horas. También deberán cerrar a esa hora los locales de apuestas, los casinos y los bingos.
Entre las medidas establecidas en establecimientos y servicios de hostelería y restauración, se prohíbe el consumo en barra de los establecimientos y servicios de hostelería y restauración, en los que solo se podrá consumir sentados en mesa.
Además, se limita su cierre a las 21.00 horas. A partir de esa hora, el local deberá permanecer cerrado, sin público y no podrá ser reabierto antes de las 06:00 horas. El empleo de mascarillas será obligatorio para todos los trabajadores y clientes del establecimiento, salvo en el momento específico de la ingesta de alimentos y bebidas. Se prohíbe cualquier actividad de restauración que se desarrolle de pie, como cócteles o similares.
MEDIDAS PARA TODO EUSKADI
La segunda orden de Gotzone Sagardui está destinada a la adopción de medidas específicas de prevención de la covid-19 en la Comunidad Autónoma Vasca, entre ellas, la recomendacion de limitar el número de personas en reuniones a seis personas en los ámbitos públicos y privados.
Entre las nuevas restricciones, establece el aforo al 50% en hostelería –aunque no en las terrazas, en las que se deberá cumplir con la distancia de metro y medio entre mesas–, lugares de culto o eventos culturales. Además, los establecimientos hosteleros tendrán que cerrar a medianoche, y se decreta la clausura de la actividad en los txokos y todo tipo de sociedades, algo que se hace extensivo a las lonjas juveniles.
Además, se reduce el número de asistentes permitidos en los grandes eventos, que no podrá ser superior a 400 si se celebra en un lugar cerrado y de 600 si es al aire libre. El horario de clausura de parques, jardines y uso de parques infantiles se establece hasta las 23.00 horas. El Gobierno Vasco suspende, asimismo, la competición del deporte no federado.
Todas estas medidas, contempladas en sendas órdenes de la consejera de Salud, estarán vigentes hasta el próximo 4 de noviembre en Euskadi, en general, pero en las zonas más afectadas se prolongarán un día más, hasta el 5 de noviembre.
La totalidad de las restricciones serán objeto de seguimiento y evaluación en base al análisis de la situación epidemológica y sanitaria, de forma que estas podrán modificarse o dejarse sin efecto, aunque también se podrían decidir nuevas medidas en las que se agrave la propagación de la covid-19.
«ÁMBITO DE PRINCIPAL TRANSMISIÓN»
En estas órdenes Gotzone Sagardui destaca la necesidad de «intensificar medidas preventivas de mitigación y vigilar su cumplimiento, con el fin de reducir la transmisión de la enfermedad». En este sentido, insiste en la disminución de las reuniones de carácter familiar y social, «por ser el ámbito principal de transmisión».
«Por esta razón, no cabe establecer medidas en el ámbito público sin adoptar también medidas en el ámbito privado, ya que, de otra manera, se dejaría el principal ámbito de contagios sin intervenir y eso supondría la ineficacia de las medidas en su globalidad», advierte.
La consejera de salud defiende que las nuevas restricciones cumplen «el principio de proporcionalidad», ya se limita el derecho de reunión en los ámbitos públicos y privado, pero «solamente al número de personas, no al derecho de reunión en sí mismo».
Tras calificar las medidas de «proporcionadas, necesarias, idóneas y justificadas», recuerda que estas se adoptan para un período de tiempo determinado y «el daño es menor que el que se podría producir con su evitación al tener que adoptar medidas mucho más restrictivas y dañinas para la vida económica y social de la población». La finalidad de las restricciones, según explica, es prevenir, proteger y controlar la salud individual y colectiva.